Imprimir esta nota Imprimir esta nota

Preguntas y respuestas frecuentes

En general las preguntas en los comentarios suelen ser las mismas. Aquí las principales.

  1. ¿Me pueden informar sobre una persona?
    No, no podemos. No tenemos manera alguna de averiguar sobre personas. No tenemos datos de nadie. No tenemos contactos con organismo alguno.
    Pruebe con Personas Perdidas.
    Pruebe con Red Solidaria.
  2. ¿Cómo me anoto de fiscal de mesa?
    Los fiscales de mesa son nombrados por los partidos políticos.
    Para ser fiscal de mesa solo se exige saber leer y escribir. Vaya al local del partido político de su preferencia más cerca de su domicilio de voto y preséntese como voluntario.
  3. ¿Cómo me anoto de autoridad de mesa?
    Las autoridades de mesa son nombradas por la Justicia Electoral. Lo hacen por sorteo.
    Como en las elecciones de 2007 demasiados ciudadanos fallaron en sus obligaciones cívicas, se creó un Registro de Postulantes. Usted, si cumple con la condición de ser universitario o terciario, se puede inscribir en él. (En algunos distritos solo piden saber escribir y leer).
    Estar anotado en el Registro NO significa que usted va a ser autoridad de mesa. Solo se van a nombrar personas del Registro en la medida que fallen las nombradas en primer termino.
    Si es universitario o terciario vaya a la nota Voluntarios de Autoridad de mesa se busca y siga el procedimiento para inscribirse por Internet.
    Si usted es alumno universitario debe anotarse en el departamento de alumnos, o preguntar ahí.
    Si usted NO es universitario o terciario, y vota en Capital Federal, puede anotarse personalmente en Tucumán 1320.
    Si usted no vota en Capital Federal, deberá preguntar en la secretaría electoral de su provincia. Ver la nota ¿Figura mal en el padrón 2009? con la lista de las Secretarías Electorales.
  4. ¿Los fiscales cobran por su trabajo?
    Lo usual son las gracias y con suerte algo de comida. No confíe demasiado en que va a recibir comida.
  5. ¿Las autoridades de mesa cobran por su trabajo?
    Si. Al menos en las elecciones nacionales del 28-06-2009.
    Si hace un curso de capacitación de la Justicia son $130. Si no lo hace, son $100.
    ¿Cuándo se cobra? Después de las elecciones. El pago lo organiza el Ministerio del Interior. No espere un pago rápido.
  6. ¿Cuál es la diferencia entre autoridad de mesa y fiscal?
    La autoridad de mesa (en la actualidad son dos: presidente y suplente) es nombrada por la Justicia Electoral. Representa al Estado. Es quien toma las decisiones. Los fiscales pueden objetar las decisiones (por escrito), pero es quien manda. La policía en cada lugar de votación está a sus ordenes. Es el único que puede tocar y abrir los sobres cuando se abre la urna y se cuentan los votos. Debe entregar a cada fiscal que se lo solicite, un certificado firmado con el resultado.
    Los fiscales de mesa son nombrados por los partidos políticos. Solo puede haber un fiscal de mesa por partido político. Los fiscales vigilan que el presidente de mesa cumpla con sus funciones, pueden objetar las decisiones del presidente de mesa (por escrito), se aseguran de que haya boletas en el cuarto obscuro, y controlan cuando se cuentan los votos. Y lo más importante: debe retirarse con el certificado de escrutinio firmado por el presidente de mesa y otros fiscales. Ver la nota La importancia del certificado de escrutinio

    Conviene bajar y leer los siguientes manuales oficiales:
    Ma­nual de Ca­pa­ci­ta­ción para Au­to­ri­da­des de Mesas Elec­to­ra­les
    Ma­nual de Ca­pa­ci­ta­ción para Fis­ca­les de Mesas Elec­to­ra­les
  7. ¿Qué me recomiendan para el día de las elecciones?
    Lea las notas:
    Consejos para presidentes de mesa y fiscales
    Cuestionesprácticas durante las elecciones
    Cuestiones prácticas en el escrutinio
    La importancia del certificado de escrutinio
  8. ¿Cómo me capacito?
    Lea la nota Capacitación de autoridades y fiscales de mesa Ahí va a encontrar enlaces al curso de la Justicia Electoral y a manuales para fiscales y autoridades de mesa
  9. ¿Cómo averiguo donde voto?
    Después del 29 de mayo salen los padrones definitivos con los lugares de votación
  10. Si una persona es designada autoridad de mesa y la notificación le llega a un domicilio anterior al que reside actualmente, ¿qué debe hacer?
    Es responsabilidad del interesado averiguar si le llegó la designación a su domicilio anterior. Si realizó el cambio de domicilio antes del 30 de diciembre de 2008, la notificación le llegará a su nueva dirección. Si la modificación la realizó después de esa fecha, entonces la designación llegará al domicilio anterior.
  11. ¿Cuáles son las penas por no presentarse como autoridad de mesa?
    Los ciudadanos que no acepten el llamado para ser autoridad de mesa tendrán 72 horas a partir del momento en el que les llega la designación, para notificar su rechazo. Según la Justicia Electoral, las posibilidades para justificar la negación son:
    Por enfermedad: se deberá presentar un certificado de un centro de salud público en la secretaria electoral del distrito correspondiente. En el caso de Capital Federal, se encuentra en Tucumán 1320.
    Por razones de fuerza mayor: se considera bajo esta modalidad a aquellas personas que estén a más de 500 kilómetros del lugar designado para ser autoridad de mesa. El convocado debe comunicar su ausencia lo antes posible a la secretaria electoral de su distrito para que el organismo pueda designar un reemplazo. Luego, en el caso del interior del país, el interesado deberá presentarse el día de la elección en la comisaría más cercana donde se le emitirá el certificado correspondiente. En cambio, si el ciudadano designado se encuentra en el exterior estará obligado a solicitar, el día de los comicios, el comprobante respectivo ante la delegación diplomática correspondiente.
    Aquellos que rechacen el llamado y no presenten los certificados correspondientes serán penados con seis meses a dos años de prisión, según lo estipula el artículo 132 del Código Nacional Electoral.
  12. ¿Cuándo un ciudadano está exento de votar?
    Todos los argentinos mayores de 70 años, así como también aquellos que, el día de la elección, se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia de su domicilio legal o se encuentren afectados por un problema de salud. En relación a estos dos últimos casos, se deberá justificar la ausencia mediante certificado de la Policía o constancia de un médico de sanidad nacional o de un hospital público. El comprobante deberá presentarse, en un lapso no mayor a 60 días posteriores al día de la elección, ante la Secretaría Electoral del distrito correspondiente.
  13. ¿Cuáles son las penas por no presentarse a votar?
    El incumplimiento del trámite implicará el pago de una multa. De no abonar el importe, estarán inhabilitados para ejercer cargos públicos por el término de tres años, y no podrán realizar trámites ante organismos públicos, como por ejemplo renovar el pasaporte.

Comparta:
  • email
  • Facebook
  • Google Bookmarks
  • Sonico
  • Twitter
  • Meneame
  • BarraPunto
  • Bitacoras.com
  • Digg
  • LinkedIn
  • Live

Notas relacionadas:

  1. La importancia del certificado de escrutinio
  2. Código Electoral Nacional
  3. Capacitación de autoridades y fiscales de mesa
  4. Preguntas y respuestas frecuentes

210 comentarios sobre “Preguntas y respuestas frecuentes”

  1. alejandro mischkinis, de Argentina Argentina, el 16 de mayo de 2009 a las 16:09

    Quiero saber como hago para ser fiscal de mesa, me siento capacitado para ser esponsable de los proximos ecrutiños.
    tengo 45 años, soltero vivo en quilmes.
    De ser así por favor manden una respuesta.
    Esta eleccíon no debería ser tan ensuciada como la anterior.
    Por eso mi deber como ciudadano merece una fiscalia y estoy a dispoición.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 16 de Mayo de 2009 a las 16:15 responde:

    Alejandro: No me queda claro si usted quiere ser autoridad de mesa o fiscal. El escrutinio es responsabilidad del presidente de mesa. Los fiscales controlan. Lea las preguntas y sus respuestas.

    [Responder]

  2. alejandro mischkinis, de Argentina Argentina, el 16 de mayo de 2009 a las 16:26

    francisco.gracias por responder. autoridad de mesa no puedo ser ya que no tengo un titulo profrecional.
    por lo que a mi respecta el escrutinio es responsabilidad , del presiendente de mesa y los fiscales.
    De ser así quiero ser fiscal .no estoy afiliado a ningun partido, fui militante de la ucr en tiempos del querido alfonsin, pero tengo la capacidad, para dar mi ayuda democratica.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 16 de Mayo de 2009 a las 16:43 responde:

    Alejandro: Si usted vota en Capital Federal puede acercarse al Juzgado Electoral e inscribirse en Tu­cu­mán 1320. No hace falta ser universitario. pero debe tener en claro que NO hay garantías de ser nombrado. El Registro de Postulantes es por si acaso hay demasiadas ausencias de autoridades de mesa.
    Respecto de la responsabilidad del escrutinio. Quien abre los sobres es el presidente de mesa con su ayudante. Muestra el contenido del sobre (si hay objetos extraños el voto, para todas las categorías es nulo). Muestra la boleta(s). En general no hay problemas. Ocasionalmente hay dudas sobre si un voto vale o no. El presidente de mesa decide en un sentido u otro. Si al menos un fiscal está en desacuerdo, el/los fiscales recurren el voto, que se separa del resto, y se sigue el procedimiento que estable el Código Electoral. Los fiscales no deben abrir sobres ni manipular las boletas.
    Y si usted quiere ser fiscal, vaya al local del partido de su preferencia y preséntese como voluntario

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 16 de Mayo de 2009 a las 17:16 responde:

    Alejandro: Se me escapó el detalle de que vive en Quilmes. Pruebe en la Secretaría Electoral en La Plata (para anotarse como Postulante a Autoridad de Mesa)

    [Responder]

  3. alejandra, de Argentina Argentina, el 18 de mayo de 2009 a las 20:28

    fui presidenta de mesa en elecciones anteriores en las proxima puedo estar presente al no poseer mi DNI el cual esta en tramite correspondiente? digo, con la colilla del tramite me pueden exijir ser presidenta de mesa?

    gracias

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 18 de Mayo de 2009 a las 20:42 responde:

    Alejandra: a) Puede o no que la vuelvan a nombrar. b) Puede que su libreta esté disponible el día del comicio. c) En principio, en mi opinión (no soy abogado), suponiendo que al momento de hacerse cargo como autoridad no tiene el documento, puede actuar como autoridad, pero no puede votar.
    De hecho me pasó algo parecido la primera vez que fui presidente de mesa. No tenía el dni al hacerme cargo (aunque tenía la libreta de enrolamiento pero figuraba con dni en el padrón). En un momento que había pocos electores y estaba el suplente, fui al Registro Civil que por suerte estaba a 4 cuadras, el documento estaba y pude votar.

    [Responder]

  4. juan manuel, de Espaa Espaa, el 19 de mayo de 2009 a las 17:53

    que funcion tiene ser primer suplente del precidente en la mesa electoral

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 19 de Mayo de 2009 a las 18:43 responde:

    Juan Manuel: El suplente ayuda al presidente (verificar los documentos, verificar el cuarto obscuro, en el escrutinio, etc) y lo reemplaza en su ausencia: permite que vaya al baño y que se puedan turnar para ir a almorzar suponiendo que no lo haga en la mesa. Y si no aparece es el presidente de la mesa

    [Responder]

    juan manuel, de Espaa Espaa, el 20 de Mayo de 2009 a las 13:51 responde:

    pero como con el en la mesa.cobro por ello como va eso

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 20 de Mayo de 2009 a las 17:28 responde:

    Juan Manuel: La autoridad es el presidente, el suplente es eso: suple en caso de ausencia temporaria o definitiva. Si el presidente nato está presente todo el tiempo, el suplente lo ayuda. Le aseguro que hay trabajo para ambos. Por ejemplo: el presidente suele recibir la libreta, canta el apellido y el nombre ,y el suplente y algunos de los fiscales se fijan en el padrón, pasa el documento a los fiscales para que lo verifiquen, entrega el sobre al elector, se fija de que el que sale del cuarto obscuro muestre el sobre con las firmas para asegurarse que sea el que entregó, firma sobres, etc. Después en el escrutinio deben abrir del orden de 300 o más sobres disponer las boletas, contar que no es tan simple como parece por todos los cortes de boleta, especialmente si hay muchas listas.
    Deben firmar los certificados, actas, etc.
    Y si lo interpreto bien, pregunta si el suplente cobra. La respuesta es si

  5. luis firmat, de Argentina Argentina, el 22 de mayo de 2009 a las 09:15

    Soy extranjero residente desde hace mas de 40 años y despues de mucho dudar sobre votar o no (dado la desilusion que tengo de la politica), me he decidido a votar. Se q no hay tiempo para las elecciones del 28, pero si quisiera hacerlo para las proximas. ¿que debo hacer? ¿donde debo ir para anotarme? Resido en el partido de San Isidro. Muchas gracias.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 22 de Mayo de 2009 a las 10:24 responde:

    Luis: Siendo residente de la provincia de Buenos Aires usted puede votar en las elecciones provinciales y municipales: Gobernador y vive, legisladores provinciales, Intendente, concejales, consejeros escolares. No vota a diputados y senadores nacionales ni presidente y vice. Votan en mesas separadas. Pueden ser candidatos a concejales. El Registro de las Personas es el encargado de la inscripción. Le sugiero ir después de las elecciones para realizar el trámite.

    [Responder]

  6. Beatriz, de Argentina Argentina, el 23 de mayo de 2009 a las 21:45

    Buenas noches,
    Estoy interesada en conocer la via para postularme como presidenta de mesa(NO FISCAL).
    Me gustaria asimismo hacer el curso de capacitacion en justicia.
    Les agredecere su pronta respuesta.
    Vivo en Vte Lopez y me gustaria que me asignen un centro de votacion cercano a mi domicilio.

    Muchas gracias por su pronta y eficiente respuesta.

    Beatriz

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 23 de Mayo de 2009 a las 23:55 responde:

    Beatriz: A nadie lo nombran por anotarse como Postulante. La Justicia Electoral nombra por sorteo. Si los nombrados no alcanzan porque no reciben las citaciones, recién entonces van a apelar al Registro de Postulantes. En el supuesto que la nombren será en la zona donde vive. Lea la parte de ¿Cómo me anoto de au­to­ri­dad de mesa?

    [Responder]

  7. fernando, de Argentina Argentina, el 26 de mayo de 2009 a las 01:25

    hola, soy fernando tengo 20 años y quisiera ser autoridad de mesa, no termine el secundario…
    hay alguna posibilidad de serlo??

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 26 de Mayo de 2009 a las 07:43 responde:

    Fernando: La Justicia nombra por sorteo y solo requiere que sepa leer y escribir. Para el Registro de postulantes puede ir a la Secretaría Electoral correspondiente a su provincia y pedir que lo anoten. Pero no hay garantía de que lo nombren, ya que es olo una lista de por si acaso fallan los nombrados en la forma habitual

    [Responder]

  8. PABLO, de Argentina Argentina, el 28 de mayo de 2009 a las 13:28

    pablo pregunta : si me he ofrecido como fiscal por un partido ,me puede llamar la justicia electoral para ser presidente ( lo fui la eleccion anterior) y en el caso de que me llamen ,me deben excusar de ser presidente para que sea fiscal. gracias.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 28 de Mayo de 2009 a las 14:18 responde:

    Pablo: Buena pregunta. Si lo pueden llamar (y diría, casi seguro de que vuelvan a llamarlo). Y en principio debe cumplir con la obligación de ser autoridad de mesa. Igual usted puede pedir ser excusado, pero es una decisión de la Justicia Electoral si le aceptan o no la excusa.

    [Responder]

  9. Patricia, de Argentina Argentina, el 29 de mayo de 2009 a las 20:16

    mi consulta es..el dia 17 de mayo a mi hermana le robaron el bolso en Constitucion, por lo que no tiene el dni, por cuestiones laborales no hace a tiempo para sacar uno nuevo. Como hace para dejar hacentado que no voto por el robo del dni? Donde se hace la denuncia (del no voto) y que dia, el mismo dia de la votacion?, en la escuela donde vota? Ella tiene la denuncia policial.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 29 de Mayo de 2009 a las 21:51 responde:

    Patricia: Si tiene una denuncia de robo… Igual que vaya el día de la votación a la comisaría y que le sellen de que no votó por no tener documento

    [Responder]

  10. hernan, de Argentina Argentina, el 30 de mayo de 2009 a las 12:54

    El portero de mi edifico recibio en nombre mio el nombramiento como Supplente. Esa cominicacion es fehaciente ya que no esta recibida por mi persona y obviemante firmada y no ninguntipo de relacion con la presona que se notifico.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 30 de Mayo de 2009 a las 13:09 responde:

    Hernán: El portero de un edificio es la persona designada para recibir correspondencia y por lo tanto sí tiene relación con usted. Tiene la obligación de entregársela. Si no lo hace, entre otros, comete un delito contemplado en la Constitución Nacional (artículo 18)

    [Responder]

    hernan, de Argentina Argentina, el 1 de Junio de 2009 a las 21:13 responde:

    Gracias por tu respuesta , pero la unica relacion que tenemos es contractual el es empleado del consorcio del cual yo formo parte, pero creo que no para notifirce en mi nombre.Con lo que ello significa. Lo que incluye firma y demas datos personales. Por algo las cartas documentos y demas correspondencia que no sea simple no se deja en porteria.El art 18 de la Constitucion habla de El domicilio es inviolable, como también la correspondencia epistolar y los papeles privados; y una ley determinará en qué casos y con qué justificativos podrá procederse a su allanamiento y ocupación. No dice nada referente a las notificaciones.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 1 de Junio de 2009 a las 22:52 responde:

    Hernán: Tampoco habla del email pero ya hay jurisprudencia de que es correspondencia. La envían por correo. Independientemente de eso, pídale al portero y al habitante de su ex departamento que lo llamen si llega algo. También puede ir al Correo y pagar para que le reenvíen la correspondencia. Pero no creo que sea tan seguro

  11. luis flavio gomez, de Argentina Argentina, el 31 de mayo de 2009 a las 11:33

    a quien corresponda,como puedo enterarme si eh sido designado autoridad de mesa,dado q ya no vivo en el domicilo que figura en el padron electoral,muchas gracias

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 31 de Mayo de 2009 a las 12:15 responde:

    Luis: Lo más simple es que hable con quien vive en su antiguo domicilio y le pida que le avise por teléfono. Después usted va y busca el nombramiento.

    [Responder]

  12. Adalberto Otero, de Argentina Argentina, el 31 de mayo de 2009 a las 19:57

    No figuro en el padrón DNI xxxxxxxx vivo en Gualeguaychú Entre Rios.
    ¿Que debo hacer?

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 31 de Mayo de 2009 a las 20:47 responde:

    Adalberto: Debería haber verificado el padrón provisorio. ¿Se fijó si no está en otra provincia con un domicilio anterior?
    Puede suceder también que hallan cometido un error con el número de documento suyo y por eso no aparece. Puede entonces fijarse en los padrones de papel (pregunte en locales partidarios, comisaría, Correo Argentino). El padrón de papel es por oreden alfabético. Si no consigue, pruebe ir a la escuela donde debería votar según su apellido. Independientemente de ello yo reclamaría: hagalo antes del 8 de junio, con DNI en mano, ante la Se­cre­ta­ria Elec­to­ral de Entre Ríos (Ur­qui­za 836, Pa­ra­ná L a V – 7 a 13). No espere hasta la próxima elección para arreglar el problema.

    [Responder]

  13. ROCIO RINCON, de Argentina Argentina, el 31 de mayo de 2009 a las 21:00

    hola, tengo 21 años y ya es la 2da eleccion que no parezco en padrones, soy de Lujan , prov de Bs.As. donde debo concurrir a realizar el reclamo correspondiente? gracias

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 31 de Mayo de 2009 a las 22:02 responde:

    Rocío: El momento para reclamar era hasta el 29 de abril. Puede ir a la Secretaría Electoral en La Plata o a la Cámara Electoral Nacional, Lean­dro N. Alem 232 de Ca­pi­tal Fe­de­ral de lunes a vier­nes de 8:00 a 13:30 hs.

    [Responder]

  14. graciela, de Argentina Argentina, el 31 de mayo de 2009 a las 21:39

    vivo en córdoba, hice el cambio de domicilio pero ocmo fue despeues del 1º de mayo figuro en capital.No tengo posibilidad de viajar a cap.fed, debo ir a la comisaria y puedo luego presentar ese descargo en algun lugar de la provincia de cordoba o enviarlo por correo a bs as

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 31 de Mayo de 2009 a las 22:04 responde:

    Graciela: Córdoba está a meas de 500km. Vaya a la comisaría para justificar que no vota por la distancia

    [Responder]

    graciela, de Argentina Argentina, el 1 de Junio de 2009 a las 18:12 responde:

    francisco gracias por su respuesta tan rápida, pero mi pregunta iba más allá de la comisaría, luego de justificar el voto por estar a más de 500 km debo presentarlo en el colegio o tribunal electoral o solo la justificación es suficiente. Porque hay una información que dice que hay 60 días para presentarlo en el distrito del domicilio(en mi caso sería el juzgado de Servini de Cubría) y como yo no puedo viajar a bs as esa era mi pregunta, si es así si puedo enviar fotocopia por correo. Perdón por molestarlo nuevamente y gracias por su atención.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 1 de Junio de 2009 a las 19:21 responde:

    Graciela: En mi opinión (no soy abogado) usted debe presentarlo donde vive, Córdoba. Le sugiero que hable a la Secretaría Electoral de Córdoba. Según la página del Ministerio del Interior está en Concepción Arenal 690, Córdoba y el teléfono del Sec. Electoral es: 433-4688 469-0088

  15. mari, de Argentina Argentina, el 1 de junio de 2009 a las 05:36

    hola, soy de neuquen capital, por motivos de mis estudios universitarios me encuentro viviendo en bsas, no tengo el cambio de domicilio hecho todavia y el dni me lo robaron, puedo postularme para ser fiscal de mesa o suplente para bsas ?gracias

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 1 de Junio de 2009 a las 06:47 responde:

    Mari: No. Solo puede serlo donde vota. Y necesita el documento. Pero puede ayudar a su partido en otras tareas

    [Responder]

  16. HUGO, de Argentina Argentina, el 1 de junio de 2009 a las 11:44

    EL 27-11-08 CAMBIE DOMICILIO DE CAP. FED. A PCIA. DE BS. AS.
    EN EL PROVISORIO FIGURA EN EL PADRON DE CAPITAL .
    AHORA NO ESTOY EN NINGUNO DE LOS DOS .
    QUE DEBO HACER ?
    MUCHAS GRACIAS,

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 1 de Junio de 2009 a las 11:52 responde:

    Hugo: Según la página del padrón “hasta el 8 de junio para pre­sen­tar el re­cla­mo, con DNI en mano, ante la Se­cre­ta­ria Elec­to­ral de su provincia”. Si le resulta cómodo, pruebe en “la Cá­ma­ra Na­cio­nal Elec­to­ral sita en la calle Lean­dro N. Alem 232 de Ca­pi­tal Fe­de­ral de lunes a vier­nes de 8:00 a 13:30 hs. mu­ni­do de su Do­cu­men­to ori­gi­nal y fo­to­co­pia com­ple­ta.”

    [Responder]

  17. JOSE SEBASTIAN MARTIN, de Argentina Argentina, el 1 de junio de 2009 a las 19:42

    SOY DE DARREGUEIRA, PARTIDO DE PUAN, PROV. DE BUENOS AIRES.-
    QUIERO SABER COMO SE APLICA EL SISTEMA DONT PARA DETERMINAR LA CANTIDAD DE CONCEJALES QUE CORRESPONDE A CADA LISTA SEGUN LA CANTIDAD DE VOTOS EN LA ELECCION DEL DIA 28.-
    GRACIAS

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 1 de Junio de 2009 a las 20:19 responde:

    José: En la provincia de Buenos Aires no se aplica el sistema D’Hont para repartir cargos provinciales o municipales. Es proporcional a los votos. El Código Electoral de la provincia dice:

    DEL COCIENTE ELECTORAL
    Art. 109 – Hecha la suma general de los votos computados de cada Sección o Distrito Electoral y las del número de sufragios que haya obtenido cada una de las boletas de los partidos o candidatos, clasificando éstas según la denominación con que fueron oficializadas, la Junta Electoral procederá del modo y en el orden siguiente:
    1. Dividirá el número total de sufragios por el número de candidatos que corresponde elegir, según la convocatoria. El cociente de esta operación será el cociente electoral;
    2. Dividirá por el cociente electoral el número de votos obtenidos por cada lista, los nuevos cociente indicarán los números de candidatos que resulten electos en cada lista.
    3. Las listas cuyos votos no alcancen el cociente carecerán de representación;
    4. Si la suma de todos los cociente no alcanzase el número total de representantes que comprenden la convocatoria, se adjudicará un candidato más a cada una de las listas cuya división por el cociente electoral haya arrojado mayor residuo, hasta completar la representación con los candidatos de la lista que obtuvo mayor número de sufragios en la elección. En caso de residuos iguales, se adjudicará el candidato al partido que hubiere obtenido mayoría de sufragios.
    Para determinar el cociente no se computarán los votos en blanco y anulados.
    Art. 110 – Cuando ningún partido político llegare al cociente electoral, se tomará como base el cincuenta (50) por ciento del mismo, a los efectos de adjudicar la representación.
    No lográndose el mismo, se disminuirá en otro cincuenta (50) por ciento, y así sucesivamente hasta alcanzar el cociente que permita la adjudicación total de las representaciones.
    Si la cantidad de partidos políticos que alcanzaren el cociente electoral fuera superior al de bancas a distribuir éstas les serán adjudicadas a los que hubieren obtenido mayor numero de sufragios.

    [Responder]

  18. Asael, de Argentina Argentina, el 2 de junio de 2009 a las 00:49

    Hola,, lei todas las preguntas con sus correspondientes respuestas y no me quedo muy claro,,,, yo tengo 18 anios, se leer y escribir, y quisiera ser autoridad de mesa,, pero hay un comentario en el cual esa persona dice que no esta capacitada para ser autoridad,, que se requiere para ser autoridad de mesa?

    [Responder]

  19. francisco, de Argentina Argentina, el 2 de junio de 2009 a las 01:01

    Asael: Leer y escribir. Estar en padrón del distrito. Pero la Justicia no nombra a quien quiere serlo. Nombra por sorteo. El Registro es solo por si acaso. Si no llegan a ser suficientes los que aceptan ser autoridad de mesa, entonces apela al Registro. Y las condiciones que pide para registrarse son excesivas. La consecuencia es el relativamente bajo número de personas registradas.

    [Responder]

  20. Luciana, de Argentina Argentina, el 2 de junio de 2009 a las 15:39

    Un fliar me ha comentado que su vecino recibió su citación para ser autoridad de mesa y no se siente capacitado para ir ni está disponible para ello. Cuáles son los pasos a seguir para informar a las autoridades que no podrá asistir? En caso de que esto ocurra, qué consecuencias podría sufrir?

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 2 de Junio de 2009 a las 17:55 responde:

    Luciana: Debe presentarse a la Secretaría Electoral de su provincia (ver margen derecho) y tener una excusa muy convincente porque:

    Artículo 14.- Funciones de los electores. Todas las funciones que esta ley atribuye a las
    autoridades de mesa son irrenunciables y serán compensadas en la forma que determina esta ley y
    su reglamentación.
    Artículo 75.Designación de las autoridades. La Junta Electoral hará, con antelación no menor de veinte días, los nombramientos de presidente y suplentes para cada mesa.
    Las notificaciones de designación se cursarán por el correo de la Nación o por intermedio de los servicios especiales de comunicación que tengan los organismos de seguridad, ya sean nacionales o provinciales.
    a) La excusación de quienes resultaren designados se formulará dentro de los tres días de notificados y únicamente podrán invocarse razones de enfermedad o de fuerza mayor debidamente justificadas. Transcurrido este plazo sólo podrán excusarse por causas sobrevinientes, las que serán objeto de consideración especial por la Junta;

    . El trabajo está al alcance de cualquier persona que sepa leer y escribir y contar hasta 400. En cuánto a las consecuencias:

    Artículo 132. – No concurrencia o abandono de funciones electorales. Se penará con prisión de seis meses a dos años a los funcionarios creados por esta ley y a los electores designados para el desempeño de funciones que sin causa justificada dejen de concurrir al lugar donde deban cumplirlas o hicieren abandono de ellas.

    Y los jueces electorales, después de las elecciones del 2007, no están muy contemplativos.

    [Responder]

  21. Patricia, de Argentina Argentina, el 3 de junio de 2009 a las 11:38

    ASi ke con la denuncia policial..voy a la comisaria de cercana a mi domicilio a que la sellen por el no voto por robo del dni?? El mismo dia de la votacion? esta informacion de hacer sellar el dni en la comisaria esta en algun lado, asi como una ley o obligacion? es que aa veces la gente no esta informada.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 3 de Junio de 2009 a las 15:51 responde:

    Patricia: Estrictamente es ante el juez electoral dentro de los 60 días. ¿Usted comenzó el trámite de nuevo dni?en una de esas está para/o el día de las elecciones

    [Responder]

  22. gladys ipalaguirre, de Argentina Argentina, el 3 de junio de 2009 a las 16:13

    hola,yo queria saber como hago para aparecer en los padrones porq yo en el mes de abril hice mi reclamo en la pagina q hay en internet del gobierno y nunca me contestaron y yo sigo sin votar por no figurar en los padrones.soy gladys ipalagurre de buenos aires ramos mejia,tengo 22 años y nunca vote por este problema.espero q alguien me pueda dar alguna solucion o respuesta a este problema.muchas grasias

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 3 de Junio de 2009 a las 16:26 responde:

    Gladys: Dudo que pueda resolver el problema antes de las elecciones. Va a tener que:

    Si su do­mi­ci­lio co­rres­pon­de a la pro­vin­cia de Bue­nos Aires u otra pro­vin­cia del país de­be­rá pro­ce­der de la si­guien­te forma:
    1. Si desea re­cla­mar sobre ac­tua­li­za­ción de do­mi­ci­lio o rec­ti­fi­ca­ción de sus datos per­so­na­les de­be­rá di­ri­gir­se a la Se­cre­ta­ría Elec­to­ral co­rres­pon­dien­te al úl­ti­mo do­mi­ci­lio re­gis­tra­do en su Do­cu­men­to Na­cio­nal de Iden­ti­dad, re­mi­tir la do­cu­men­ta­ción (Fo­to­co­pia In­te­gra del DNI) por Co­rreo1 o di­ri­gir­se per­so­nal­men­te o a tra­vés de un ter­ce­ro a la Cá­ma­ra Na­cio­nal Elec­to­ral sita en la calle Lean­dro N. Alem 232 de Ca­pi­tal Fe­de­ral de lunes a vier­nes de 8:00 a 13:30 hs. mu­ni­do de su Do­cu­men­to ori­gi­nal y fo­to­co­pia com­ple­ta.
    2. Si nunca fi­gu­ró en el Pa­drón Elec­to­ral de­be­rá di­ri­gir­se a la Se­cre­ta­ría Elec­to­ral co­rres­pon­dien­te al úl­ti­mo do­mi­ci­lio re­gis­tra­do en su Do­cu­men­to Na­cio­nal de Iden­ti­dad, re­mi­tir la do­cu­men­ta­ción (Fo­to­co­pia In­te­gra del DNI y For­mu­la­rio Nro. 5 rehe­cho en el Re­gis­tro Civil) por Co­rreo [Para re­mi­tir do­cu­men­ta­ción por co­rreo de­be­rá acer­car­se a un local de Co­rreo Ar­gen­tino con el ori­gi­nal y copia in­te­gra de la do­cu­men­ta­ción co­rres­pon­dien­te y so­li­ci­tar que sea cer­ti­fi­ca­da por un fun­cio­na­rio del co­rreo. Com­ple­te el for­mu­la­rio “Re­cla­mo al Pa­dron Elec­to­ral”, que se en­cuen­tra en: http://​www.​pjn.​gov.​ar en la sec­ción “Jus­ti­cia Na­cio­nal Elec­to­ral” y re­mí­ta­lo junto a las co­pias cer­ti­fi­ca­das a la Se­cre­ta­ría Elec­to­ral de su dis­tri­to. Este trá­mi­te no le ge­ne­ra­rá a Ud. gasto al­guno] o di­ri­gir­se per­so­nal­men­te a la Cá­ma­ra Na­cio­nal Elec­to­ral sita en la calle Lean­dro N. Alem 232 de Ca­pi­tal Fe­de­ral de lunes a vier­nes de 8:00 a 12:00 hs. con su ori­gi­nal y copia de su Do­cu­men­to y Par­ti­da de Na­ci­mien­to.

    No espere a la próxima elección.

    [Responder]

  23. Rosario, de Argentina Argentina, el 4 de junio de 2009 a las 20:24

    Recibí una carta de la camara nacional electoral diciendo que fui elegida para ser autoridad de mesa en estas elecciones. La verdad es que tengo 18 años, es la primera vez que voto y no tengo idea lo que tengo que hacer, a qué hora tengo que estar y en donde (no me habia postulado tampoco) Si se donde voto pero no en donde soy autoridad.Espero que alguien pueda darme alguna respuesta.Muchas gracias

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 4 de Junio de 2009 a las 22:38 responde:

    Rosario: Bajá el manual para autoridades de mesa. Y no te preocupes. Los fiscales te van a ayudar. No tiene nada de difícil. Tenés que estar antes de las 7:30. Lee los consejos que puse.

    [Responder]

  24. Romina, de Argentina Argentina, el 6 de junio de 2009 a las 11:29

    me acaba de llegar la carta donde me designan como primer suplente en las proximas elecciones, mi duda es si ya estoy afectada o es si falta algun otro miembro designado?

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 6 de Junio de 2009 a las 11:44 responde:

    Romina: Usted está tan obligada como el presidente de mesa. Debe concurrir (7:30 de la mañana), y si falta el presidente se hace cargo. Usted ayuda al presidente durante el comicio. Hay trabajo para dos, aparte de tener que ir al baño de vez en cuando.

    [Responder]

    Romina, de Argentina Argentina, el 6 de Junio de 2009 a las 12:50 responde:

    es decir que tengo que quedarme falte o no el presidente de mesa y cual sería mi rol?

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 6 de Junio de 2009 a las 13:15 responde:

    Romina: Como le dije, hay trabajo para dos. Quien firma la libreta es el presidente. Fuera de eso en todo, el trabajo es conjunto. Y si van las dos, pueden ir al baño y comer (muy importante, son más de doce horas de trabajo)

  25. farida, de Argentina Argentina, el 6 de junio de 2009 a las 11:57

    Recibi una notificacion donde dice que soy autoridad de mesa, no me especifica si soy presidente o suplente. Cuando sabría esto?

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 6 de Junio de 2009 a las 12:04 responde:

    Farida: Preguntá a la Secretaría Electoral de tu provincia. Pero presidente o suplente, igual estás obligada.

    [Responder]

  26. Bautista, de Argentina Argentina, el 7 de junio de 2009 a las 15:13

    Fransisco mi duda es que pasa si es convocado para autoridad de mesa y es empleado de un servicio publico como colectivos, radio,television, ect y ese dìa debe prestar servicio.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 7 de Junio de 2009 a las 20:16 responde:

    Bautista: El Codigo Electoral dice:

    Artículo 12. Deber de votar. Todo elector tiene el deber de votar en la elección nacional que se realice en su distrito.
    Quedan exentos de esa obligación:
    e) El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En ese caso el empleador o su representante legal comunicarán al Ministerio del Interior la nómina respectiva con diez días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación.
    Artículo 75. - Designación de las autoridades. La Junta Electoral hará, con antelación no menor de veinte días, los nombramientos de presidente y suplentes para cada mesa.
    Las notificaciones de designación se cursarán por el correo de la Nación o por intermedio de los servicios especiales de comunicación que tengan los organismos de seguridad, ya sean nacionales o provinciales.
    a) La excusación de quienes resultaren designados se formulará dentro de los tres días de notificados y únicamente podrán invocarse razones de enfermedad o de fuerza mayor debidamente justificadas. Transcurrido este plazo sólo podrán excusarse por causas sobrevinientes, las que serán objeto de consideración especial por la Junta;
    La falsedad en las certificaciones aquí previstas hará pasible a los que la hubiesen otorgado de las penas establecidas en el artículo 292 del Código Penal. Las exenciones que consagra este artículo son de carácter optativo para el elector.

    No me parece que estar en un canal de TV sea causa. Debe preguntar en la Secretaría Electoral de su provincia (ver margen derecho). Y llegado el caso, en mi opinión, usted tiene derecho a que le paguen el sueldo

    [Responder]

    Bautista, de Argentina Argentina, el 8 de Junio de 2009 a las 13:17 responde:

    Francisco gracias por su pronta respuesta y efectivamente la empresa me permite tomar el dìa sin descontarmelo.

    [Responder]

  27. horacio, de , el 7 de junio de 2009 a las 21:42

    hasta que edad es obligatorio votar

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 8 de Junio de 2009 a las 06:51 responde:

    Horacio: Hasta los 70 años

    [Responder]

  28. Daniela, de Argentina Argentina, el 8 de junio de 2009 a las 11:47

    Mi consulta es la siguiente. Tengo 24 años y nunca figuré en los padrones. Por lo que lei en los comentarios anteriores, ya se cómo tengo que hacer para realizar el reclamo, pero además quisiera saber cómo justificarme ahora por no poder votar en estas elecciones..

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 8 de Junio de 2009 a las 13:48 responde:

    Daniela: En primer lugar llame hoy a la Secretaría Electoral de su provincia (ver margen derecho). Que no aparezca en el padrón de Internet puede ser, también, porque se equivocaron al ingresar su número y por eso no se encuentra.
    Independientemente de ello, inicie los trámites para reclamar. Y en el 2011 fíjese en el padrón provisorio

    [Responder]

  29. Romina, de Argentina Argentina, el 8 de junio de 2009 a las 18:28

    ME DESIGNARON AUTORIDAD DE MESA Y LEÍ EN UNA NOTA QUE SI SOS DOCENTE TE DAN UN PUNTAJE PARA EL LISTADO, POR HABER PARTCIPADO COMO TAL. QUE HAY DE CIERTO CON ESO?
    MUCHAS GRACIAS! ESPERO SU RESPUESTA

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 8 de Junio de 2009 a las 18:50 responde:

    Romina: La ley electoral no dice nada al respecto. Si hay algo sobre el tema (y lo dudo) será en el Estatuto del Docente. Consulte en su gremio, y si le dicen que es cierto, que le muestren la letra escrita.

    [Responder]

  30. JUAN, de Argentina Argentina, el 8 de junio de 2009 a las 18:40

    HOLA, ESTOY EMPADRONADO EN CAPITAL FEDERAL, A PESAR DE QUE TENGO HECHO EL CAMBIO DE DOMICILIO A ROSARIO, HACE MUCHOS ANOS. LA PREGUNTA ES: COMO HAGO PARA QUE ME CAMBIEN DEL PADRON DE CAPITAL AL DE ROSARIO, YO VIVO EN ROSARIO Y QUIERO VOTAR ACA.- GRACIAS, JUAN !

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 8 de Junio de 2009 a las 18:52 responde:

    Juan: Debió haberlo hecho la primera vez: reclamar ante la Secretaría Electoral de Santa Fe. Hoy es el último día para reclamar sobre estas elecciones. Y reclame, porque sino en el 2011 va a decir lo mismo

    [Responder]

  31. Federico, de Argentina Argentina, el 8 de junio de 2009 a las 19:20

    Hola, estoy estudiando en La Plata pero voto en Córdoba y quiero saber si se puede solicitar los pasajes para viajar a votar y donde se hace el trámite. He consultado todas las páginas de elecciones 2009 y ninguna plantea este tema, me podrían informar que debo hacer? muchas gracias

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 8 de Junio de 2009 a las 19:51 responde:

    Federico: El Estado no paga viajes para votar. Si quiere votar va a tener que pagarselo usted mismo. Además, al estar usted a meas de 500 km, no está obligado a votar. El día de las elecciones concurra a la comisaría para que certifiquen que usted está en La Plata

    [Responder]

  32. JUAN, de Argentina Argentina, el 8 de junio de 2009 a las 19:22

    Francisco, gracias por la pronta respuesta. Ud. sabe a donde puedo acudir en Rosario para realizar este tramite? Por otro lado, que debo hacer en las sgtes. elecciones del 28 de Junio, si me encuentro imposibilitado de viajar a Capital federal a votar?
    Desde ya muchas gracias, Juan

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 8 de Junio de 2009 a las 19:53 responde:

    Juan: La Secretaría Electoral es la de Santa Fe. Vea en el margen derecho el listado. ¿Y que puede hacer? Nada. La justificación es para distancias mayores a 500km y Rosario está a menos distancia. ¿No puede votar? Mala suerte. Prácticamente nadie ha sido sancionado por no votar

    [Responder]

  33. Romina, de Argentina Argentina, el 8 de junio de 2009 a las 19:26

    BUENO AVERIGUARE ENTONCES!

    MUCHAS GRACIAS!

    [Responder]

  34. dante, de Estados Unidos Estados Unidos, el 9 de junio de 2009 a las 15:25

    consulto en el patron electoral y mi DNI figura como DNIC que quiere decir la C no tengo ningun problema con el lugar de votacion. pero me llamo la atencion.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 9 de Junio de 2009 a las 15:30 responde:

    Dante: Significa que debe votar con DNI Duplicado o más nuevo

    [Responder]

  35. LEONARDO, de Argentina Argentina, el 9 de junio de 2009 a las 16:06

    HOLA, SOY DE AREQUITO SANTA FE RECIBI UNA NOTIFICACION PARA SER AYUDANTE DE MESA EN LAS ELECCIONES DE 28 DE JUNIO, QUIERO SABER PRIMERO CUAL ES MI ROLL Y SEGUNDO ESTOY TRABAJANDO EN CONCORDIA Y OTRAS CIUDADES DE ENTRE RIOS, QUE TRAMITES DEBO HACER PARA NO ACUDIR A LAS MISMAS, SI ES QUE SE PUEDE NO ACUDIR…
    GRACIAS..

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 9 de Junio de 2009 a las 16:17 responde:

    Leonardo: Su rol es secundar al presidente de mesa. Y para excusarse debe comunicarse con la Secretaría Electoral de su provincia (vea el margen derecho para el listado)

    [Responder]

  36. Analía, de Argentina Argentina, el 9 de junio de 2009 a las 17:41

    Quiero ser fiscal de mesa. Soy de Capital

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 9 de Junio de 2009 a las 19:15 responde:

    Analía: Para ser fiscal vaya al local más cercano del partido de su preferencia. Y Lea las Preguntas y respuestas frecuentes de más arriba

    [Responder]

  37. diego, de Argentina Argentina, el 9 de junio de 2009 a las 19:06

    queria saber a que numero de telefono tengo que avisar ya que me eligieron como 1ºsuplente y resulta que yo no tengo dni ya que me lo robaron y me dijeron que me lo dan en 60 dias por lo cual va a ser imposible que tenga el dni para esa fecha saludos diego

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 9 de Junio de 2009 a las 19:22 responde:

    Diego: Hable a la Secretaría Electoral de su provincia. En el margen derecho está el enlace a las Secretarías Electorales

    [Responder]

  38. Gabriel, de Argentina Argentina, el 9 de junio de 2009 a las 19:36

    Una pregunta: ¿las citaciones para presentarse como autoridad de mesa, son enviadas a traves de correo argentino u otro medio? si son enviadas por correo argentino, ¿lo son por carta certificada o telegrama o común?
    PD: vivo en capital federal.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 16 de Junio de 2009 a las 20:11 responde:

    Gabriel: Por telegrama

    [Responder]

  39. Marcos, de Argentina Argentina, el 9 de junio de 2009 a las 23:59

    En el dia de ayer recibi en el domicilio de mis padres en Cordoba la notificación para ser autoridad de mesa. Debido a que actualmente recido en Buenos Aires y realizo un trabajo con guardia los fines de semana, la consulta es, cómo debo hacer para dentro de las 72hs estipuladas notificar a la Secretaria Electoral de Cordoba de mi situación para excusarme de la citación?. Puede hacerse telefonicamente ó hay algun organismo aqui en Buenos Aires donde puedo hacer este tramite?. Desde ya muchas gracias. Marcos.-

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 10 de Junio de 2009 a las 08:20 responde:

    Marcos: Le diría que hable primero por teléfono y por las dudas envíe un telegrama directamente a Córdoba. Las palabras se las lleva el viento, el telegrama es una constancia por si acaso.

    [Responder]

  40. Pablo, de Argentina Argentina, el 10 de junio de 2009 a las 02:36

    Que tal, me comunico con Uds. por la siguiente consulta: cómo hago para enterarme si he sido seleccionado para ser autoridad de mesa y ya no vivo en el domicilio que figura en mi DNI? Mi problema es que no hay nadie a quien consultarle que viva en este momento en ese domicilio. Soy del interior, si la notificaciones son por correo argentino, me puedo acercar al mismo para saber si he sido seleccionado como autoridad de mesa? Gracias. Pablo.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 10 de Junio de 2009 a las 08:34 responde:

    Pablo: Preguntar no cuesta nada. Acercate al Correo Argentino y preguntá. O llamá a la Secretaría Electoral de tu provincia para preguntar. En el margen derecho podés encontrar la lista de Secretarías Electorales

    [Responder]

  41. yanina, de Argentina Argentina, el 10 de junio de 2009 a las 09:12

    Hola escuche un informe que pagan 100 pesos por ser fiscal de mesa,y hay que ser estudiante o graduado universitario.Me gustaria que me informen hacerca del tema como es.
    Yo soy estudiante universitaria.
    Muchas Gracias

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 10 de Junio de 2009 a las 09:18 responde:

    Yanina: ¿Probó leer la página?

    [Responder]

  42. Krito, de , el 10 de junio de 2009 a las 10:11

    Hola, te comento me llego una citacion para 1ºsuplente, el tema es que no es mi voluntad, soy testigo de Jehova y me gustarìa saber si alguna regalmentacion comtemple eso ya que no me interesa el voto nisiquiera ir a ser suplente, veo que muchas personas se interesan ¿no hay forma de generar un cambio con esas personas?ya que estoy segura le van a poner mas onda que yo. Muchas gracias.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 10 de Junio de 2009 a las 12:34 responde:

    Krito: Llame a la Secretaría Electoral de su provincia (vea en el margen derecho) y consulte con ellos. Mi opinión personal (no soy abogado): no creo que le acepten su argumento. No es lo mismo que el servicio militar. Le agradeceré nos cuente que le contestaron.

    [Responder]

    Krito, de , el 17 de Junio de 2009 a las 15:06 responde:

    Gracias F por tu respuesta, te comento nse kmo logre q alguien me atienda en la Sec Elec. algun adminst supong,le explique como te conte a vos, me dice esta persona que directament vaya al mediodia o ultima hora a votar solament, si me presento a las 8 es posible q me hagn quedar, pero luego de haber abierto los comisios ya alguien se hizo responsable de mi lugar y no deberian decirme nada si voy a ultima hora. Asi estaría cumpliendo solo con el deber civico y nada mas.Me dijo q no cree q tenga ningun inconveniente.D todos modos me gustaria leer tu opinion.Yo quiero cumplir con mi voto pero me gustaria q se respete mi religion y si esto no es motivo para un inconveniente futuro.Muchas Gracias.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 17 de Junio de 2009 a las 17:05 responde:

    Krito: Las palabras habladas se las lleva el viento y nadie se hace responsable de ellas. Nadie la va a reemplazar, solo obligan a terceros cuando no hay nadie para hacerse cargo. La realidad es que los jueces están enojados ya desde la elección anterior y en el mejor de los casos, si queda registrado de que usted faltó, se va a tragar un juicio y aunque no le pase nad, al tramiterío no lo va a evitar. Si se va a excusar, lo debe hacer por escrito (¡y que le contesten por escrito!). Además, su sola palabra como afirmación de las creencias de su religión difícilmente se la acepten. Acompañe documentación.
    Mi consejo (repito que no soy abogado): Excusese por escrito. Hágalo ya. Si le aceptan las excusas bien. No le aceptan las excusas, hable con la presidenta de la mesa, para aceptar su presencia virtual. Y sino, cumpla.

  43. Pablo, de Argentina Argentina, el 10 de junio de 2009 a las 11:03

    Hola, la semana pasada me llego una carta para ser suplente en estas elecciones, pero yo ese fin de semana no voy a estar en Buenos Aires. Quisiera saber como debo proceder para notificar mi ausencia en la mesa y no recibir ninguna sancion. Muchas gracias.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 10 de Junio de 2009 a las 12:35 responde:

    Pablo: Debe comunicarse ya con la Secretaría Electoral (vea en el margen derecho)

    [Responder]

  44. Claudio, de Argentina Argentina, el 10 de junio de 2009 a las 11:08

    Hola. He recibido la notificación para ser primer suplente. Pero me encuentro realizando estudios y a la vez un tratamiento por hipertensión nerviosa debido al estress. Todo esto lo estoy haciendo con un doctor particular. En la última elección fuí presidente de mesa y fué bastante estresante dado que la última persona terminó de votar a las 23:30hs además que no se presentaron los suplentes.
    Quería saber si este caso es un motivo para excusarme y si tiene validez el certificado que este doctor pueda realizarme. Sinó, de que manera puedo asistir a un hospital público y solicitar este certificado. Muchas gracias

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 10 de Junio de 2009 a las 12:48 responde:

    Claudio: El Código Electoral dice:

    Art. 75
    ……
    a) La excusación de quienes resultaren designados se formulará dentro de los tres días de notificados y únicamente podrán invocarse razones de enfermedad o de fuerza mayor debidamente justificadas. Transcurrido este plazo sólo podrán excusarse por causas sobrevinientes, las que serán objeto de consideración especial por la Junta;
    ……..
    c) A los efectos de la justificación por los presidentes o suplentes de mesa de la enfermedad que les impida concurrir al acto electoral, solamente tendrán validez los certificados extendidos por médicos de la sanidad nacional, provincial o municipal, en ese orden. En ausencia de los profesionales indicados, la certificación podrá ser extendida por un médico particular, pudiendo la Junta hacer verificar la exactitud de la misma por facultativos especiales. Si se comprobare falsedad, pasará los antecedentes al respectivo agente fiscal a los fines previstos en el artículo 132.

    Mi consejo: hable a la Secretaría Electoral. Vaya a un hospital público adecuado con un certificado de su médico.
    Y si no le aceptan sus excusas: esta elección es mucho más sencilla que la anterior (menos cargos). Y ya tiene experiencia

    [Responder]

  45. yanina, de Argentina Argentina, el 10 de junio de 2009 a las 11:23

    He leido la pagina, me interesa ser autoridad de mesa. en la zona donde vivo, Moreno, pcia de bs.as, me debo inscribir por internet?
    y como me entero si fui elegida, Por correo argentino? gracias y espero su respuesta. Saludos, yanina

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 10 de Junio de 2009 a las 12:59 responde:

    Yanina: Se puede inscribir en el Registro de Postulantes. Eso no significa que la nombran. Si la nombran le llegará la notificación correspondiente. Con toda seguridad para la zona donde vive (según el dni!). Y el Correo es quien le entrega la notificación

    [Responder]

  46. Osmar, de Argentina Argentina, el 10 de junio de 2009 a las 14:15

    Donde puedo consultar si he sido convocado como fiscal de mesa, dado que no realice el cambio de domicilio y no tengo forma de enterarme de la notificación.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 10 de Junio de 2009 a las 15:25 responde:

    Osmar: Quiere decir autoridad de mesa. Fiscal de mesa lo son por los partidos políticos. Llame a la Secretaría Electoral de su provincia (ver margen derecho)

    [Responder]

  47. sebastian, de Argentina Argentina, el 11 de junio de 2009 a las 08:46

    tengo cesarea programada para el 26 de junio y la verdad no voy a ir
    a ser presidente de mesa estando mi mujer internada con mi hija recien nacida, esto es motivo para excusarse, o en todo caso que no lo sea existe la posibildad que realmente pae algo?

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 11 de Junio de 2009 a las 14:15 responde:

    Sebastián: ¿Lo han nombrado o abre el paraguas antes de tiempo?

    [Responder]

  48. Alicia, de Argentina Argentina, el 11 de junio de 2009 a las 13:04

    Mi hijo no figura en el padrón según lo averiguado vía internet.
    Tiene 18 años…cumplidos el 22/8/08.
    Que debe hacer?. Gracias

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 11 de Junio de 2009 a las 15:03 responde:

    Alicia: Llame a la Secretaría Electoral de su provincia (vea en el margen derecho). Puede que sí esté, pero con el número de documento mal y por eso no aparece. Y debe reclamar para que figure bien en la próxima elección.

    [Responder]

  49. daiana, de Argentina Argentina, el 11 de junio de 2009 a las 13:27

    me robaron el documento…como hago? puedo votar o no?

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 11 de Junio de 2009 a las 15:09 responde:

    Daiana: Se vota solo con el documento. Pruebe ir a uno de los Centros de Documentación Rápida. Quizás lo hagan a tiempo

    [Responder]

  50. sebastian, de Argentina Argentina, el 11 de junio de 2009 a las 14:57

    no, ya me llego la carta al domicilio de mi madre.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 11 de Junio de 2009 a las 19:18 responde:

    Sebastián: Comuniquese con la Secretaría Electoral de su provincia. Vea en el margen derecho

    [Responder]

  51. mariaana, de Argentina Argentina, el 11 de junio de 2009 a las 18:25

    Lo mío no es comentario, sino una pregunta abierta, rápida y de ser posible que me respondan lo antes posible.
    Me han convocado para estar en la mesa electoral en estas elecciones, sucede que no me es posible dado que estoy de licencia con ART hasta despues de las elecciones. PREGUNTO: donde me dirijo telefonicamente para avisar que no podre estar ese día, dado que:
    Desde ya muchas gracias

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 11 de Junio de 2009 a las 19:16 responde:

    Mariana: Debe comunicarse con la Secretaría Electoral de su provincia. Vea en el margen derecho. Y necesita un certificado médico oficial nacional

    [Responder]

  52. sabrina quezada, de Argentina Argentina, el 12 de junio de 2009 a las 00:03

    yo cumpli los 18 años el dia 11/07/2008..en estas elecciones voto? porque en el padron no aparezco..gracias..

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 12 de Junio de 2009 a las 09:56 responde:

    Sabrina: Llame a la Secretaría Electoral de su provincia (vea en el margen derecho). Puede ser que se equivocaron al ingresar su número en el padrón

    [Responder]

  53. Valeria, de Argentina Argentina, el 12 de junio de 2009 a las 23:20

    Yo cumplo los 18 el 18 de junio y ya hice el reclamo ya que no aparezco en los padrones,sin embargo me gustaria formar parte de una mesa electoral, puedo anotarme?

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 13 de Junio de 2009 a las 10:12 responde:

    Valeria: No, porque no aparece en el padrón

    [Responder]

  54. Bautista, de Argentina Argentina, el 14 de junio de 2009 a las 18:48

    Fransisco:En mi caso que fuì convocado autoridad suplente de mesa y dado que ese dìa deberìa trabajar la empresa me pide un comprobante de que realmente cumplì con asistir. Extienden algun comprobante de asistencia o en tal caso como se justifica?

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 14 de Junio de 2009 a las 20:59 responde:

    Bautista: (Mi opinión. No soy abogado). La empresa debiera sentirse satisfecha con la sola presencia de la convocatoria. Carece de un derecho adicional. Pero para la gente boba: En alguno de los papeles que se entregan, que el presidente de la mesa le escriba: “Certifico bla-bla”, con su dni, le ponga la firma el presidente , el sellito de votación, y le pide a los fiscales que le acompañen la firma.
    Si no le gusta a su empleador, que averigüe en la Secretaría Electoral de su provincia.

    [Responder]

  55. romina, de Argentina Argentina, el 15 de junio de 2009 a las 16:01

    tengo una duda:

    si sos primer suplente igual t pagan?

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 15 de Junio de 2009 a las 16:10 responde:

    Romina: No tenga dudas. Le pagan igual que al presidente de mesa

    [Responder]

  56. Helmut, de Argentina Argentina, el 16 de junio de 2009 a las 15:16

    Hola, tengo pensado ser fiscal de mesa estas elecciones. Mi pregunta está relacionada con las funciones vitales. Teniendo en cuenta que son 10 horas de elecciones, cómo y en qué momento los fiscales pueden comer e ir al baño? Por una parte, no creo que quede muy elegante estar comiendo un sandwich y llenando todo de migas mientras la gente vota y uno está ahí fiscalizando. Por otra, ir al baño implica ausentarse unos minutos con lo cual se pierde control sobre la votación (hay que pedir permiso? la votación sigue mientras tanto?). Cómo se hace con esto?

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 16 de Junio de 2009 a las 15:48 responde:

    Helmut: No se preocupe, tiene tiempo para respirar (y para el resto). Si actúa como fiscal de mesa, no va a ser el único. En general las relaciones son cordiales entre todos. Si usted está marcando en su hoja de padrón, otro lo puede hacer por usted mientras cumple su función vital. En cuanto a comer, generalmente, si comen en la mesa.
    Si usted trabaja de fiscal general cubriendo un colegio o parte de él, ir al baño es más fácil. Va. Los fiscales generalmente se mueven en grupo haciendo una ronda mesa por mesa para entrar al cuarto obscuro juntos e interrumpir lo menos posible. Son unos 5 minutos por cuarto obscuro entre entrar, reacomodar boletas, sacar las cortadas (hay provincias donde solo se elige diputados, pero otras donde puede llegar a haber tres o cuatro elecciones).
    Importante es tener agua para beber. Y recuerde que no se puede fumar.

    [Responder]

  57. pablo, de Argentina Argentina, el 16 de junio de 2009 a las 19:08

    la verdad es que con el tema de la gripe porcina las elecciones deberian suspenderse, a mi me toca ser autoridad de mesa y eso va a ser un caldo de cultivo!

    estamos en peligro al exponernos a esta situacion!!!

    [Responder]

  58. Carmen, de Argentina Argentina, el 17 de junio de 2009 a las 11:14

    En las últimas elecciones en la mesa donde era presidente se terminaron las voletas de algunos partidos, esos partidos no tenian fiscales. ¿Cómo es correcto proceder en esos casos?

    [Responder]

    Francisco, de Argentina Argentina, el 17 de Junio de 2009 a las 12:00 responde:

    Carmen: Empecemos por el final: aunque no haya boletas, la elección sigue igual. Es responsabilidad de cada partido asegurar que haya boletas en cantidad suficiente. No debe decirle al elector: Vote a otro. Llegado el caso le dice: ” La ley me obliga a continuar la elección. Es responsabilidad de cada partido asegurar la provisión de boletas”.
    El Manual de Capacitación para Autoridades de Mesas Electorales (pag. 8) dice:

    La falta de boletas de alguna agrupación política en el cuarto oscuro al momento de la apertura del acto electoral o su agotamiento durante su desarrollo, no es motivo suficiente para impedir su apertura o provocar su suspensión. En esos casos debe solicitarse al Fiscal de la agrupación política de que se trate, su provisión procediendo siempre a confrontarlas con los modelos oficializados antes de colocarlas en el cuarto oscuro. No obstante ello, cabe recordar que constituye delito electoral la sustracción de boletas del cuarto oscuro, su destrucción, sustitución, adulteración u ocultamiento.
    Si el Fiscal de la agrupación política no se encontrara presente en esa oportunidad, se dejará constancia de ello y se lo notificará cuando se apersone y acredite alguno ante la Mesa. La eventual ausencia de Fiscales de los Partidos Políticos o Alianzas Electorales participantes, no es motivo para demorar la apertura del acto electoral, su desarrollo, ni tampoco habilita a retrotraer ninguna de las operaciones ya cumplidas.
    Hasta tanto el Fiscal aporte las boletas correspondientes, deberá comunicar esta situación al delegado de la Junta Nacional Electoral o a las fuerzas de seguridad (esto es sólo un plan de contingencia que no reemplaza la obligación de los partidos políticos de proveer las boletas pertinentes).
    De esta irregularidad deberá dejarse constancia en un acta -firmada por el Presidente y los Fiscales- que se redactará en las hojas en blanco que le han sido entregadas y que deberá acompañarse al Acta de Apertura y Cierre que se remitirá a la Junta Nacional Electoral.

    Siguiendo por el principio: preguntar en otras mesas si hay boletas y que le entreguen algunas para su cuarto obscuro.

    [Responder]

  59. MARCELA, de Argentina Argentina, el 17 de junio de 2009 a las 12:07

    HOLA.

    SIEMPRE COLABORE EN LAS ELECCIONES QUISIERA SABER QUE PASA CON LOS JOVENES Q CUMPLEN 18 AÑOS HASTA EL DIA DE LAS ELECCIONES Y NO ESTAN AUN EMPADRONADOS ¿PUEDEN VOTAR? ¿HAY Q AGREGARLOS EN EL PADRON? ME PODRIAN CONTESTAR A MI MAIL? GRACIAS PILAR PCIA. BS.AS

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 17 de Junio de 2009 a las 12:23 responde:

    Marcela: Debieran estar en el padrón. Si están, votan. Si no están, no votan. No puede agregarlos usted al padrón. Nadie, ni el juez puede ordenarle que lo agregue. Si bien es cierto que se puede agregar a un fiscal (o autoridad de mesa) a la hoja del padrón que tiene el presidente de mesa, la persona debe estar en el padrón. Y cuando anota a ese fiscal, le debe dar los datos de la mesa y circuito donde figura. El “truco” de decir que es fiscal por un partido sin estar en el padrón es un delito

    [Responder]

  60. gustavo, de Argentina Argentina, el 17 de junio de 2009 a las 22:01

    ¿a que hora comienzan y terminan las elecciones? ¿todos los votos son validos? (ejemplifique) ¿que dobo hacer si no encuentro la boleta que yo quiero en el cuarto oscuro? ¿que es el padron electoral? ¿que es la junta nacional electoral? ¿que es un partido politico? ¿todos podemos votar? ¿que es un cuarto oscuro? ¿que es una urna? ¿que significa cortar boleta? ¿cualquier persona puede postularse para un cargo politico? ¿como se crea un partido politico? ¿que es una plataforma electoral? ¿que es una carta organica? ¿como se pueden clasificar los partidos politicos?(ejemplo) la constitucion nacional¿hace alguna referencia a los partidos politicos y al sufragio? ¿de donde surgen los plazos para la renovaciones y los porcentajes de las bancas? ¿que es el codigo nacional electoral? ¿que debo hacer si me designanpresidente de mesa? ¿que es el ballotage? ¿a que se le llama quorium? ¿si no tengo DNI puedo votar? ¿que puedo hacer si no figuro en el padron electoral?

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 18 de Junio de 2009 a las 08:56 responde:

    Gustavo: Los deberes del colegio los tenés que hacer vos. Algunas de las respuestas están en esta nota. Para las otras, buscá la Constitución Nacional y el Código Electoral y Wikipedia

    [Responder]

  61. Pablo, de Argentina Argentina, el 18 de junio de 2009 a las 18:06

    Hola, mi nombre es Pablo y fui elegido para estar en las mesas de votacion. En el telegrama que me enviaron dice que en caso de enfermedad debo presentar un certificado que avale mi estado a los tres dias de recibido el telegrama. Ahora bien, y que pasa si me enfermo un dia antes o el mismo dia? a quien le aviso, como hago para demostrar que no estoy en condiciones de presentarme? Gracias.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 18 de Junio de 2009 a las 18:19 responde:

    Pablo: Se refiere a un estado de falta de salud permanente. Si usted se enferma el día de las elecciones o antes, debe informar cuando sucede a la Secretaría Electoral y certificarlo con un médico oficial

    [Responder]

  62. Ro, de Argentina Argentina, el 19 de junio de 2009 a las 22:56

    lei q a las autoridades les pagan desp de las elecciones y mi duda es como sucede eso,de q forma se le paga y cuanto tardan en hacerlo.gracias!

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 20 de Junio de 2009 a las 02:02 responde:

    Ro: A las autoridades les pagan $100+$30 adicionales si hacen el curso. No está claro si pagan los $30 a los que hacen el curso por Internet. En principio le pagan por intermedio del Correo Argentino. Supuestamente tardan unos 10 días.

    [Responder]

  63. gricelda, de Argentina Argentina, el 21 de junio de 2009 a las 23:17

    hola me mandaron una carta donde me asignan a suplente de mesa y no me queda bien en claro que funcion cumple el suplente de mesa

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 22 de Junio de 2009 a las 07:59 responde:

    Gricelda: Ayuda al presidente y lo reemplaza en su ausencia. Cuando lo reemplaza firma el documento y pone el sello. En todo lo demás se reparten las tareas. Debe asistir. Cobra igual que el presidente. Junto con el presidente abren los sobres y hacen el escrutinio (los fiscales solo deben mirar y vigilar). También firma las actas. El solo hecho de estar permite que ambos puedan ir al baño y, llegado el caso, comer tranquilo

    [Responder]

  64. viviana, de Argentina Argentina, el 22 de junio de 2009 a las 08:35

    voy a fiscalizar una mesa, pero mi domicilio no corresponde con el lugar.
    Pertenezco al departamento constitución y fiscalizaria en rosario.
    Algun impedimento, puedo votar en la mesa que fiscalizo o debo ir a votar al lugar que me corresponde?????

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 22 de Junio de 2009 a las 09:43 responde:

    Viviana: En su caso especial, como en Santa Fe solo hay elecciones nacionales (diputados y senadores), ya que las provinciales son en septiembre, en mi opinión (no soy abogado), usted si puede votar en la mesa que fiscaliza. Eso si, debe informar los datos (circuito, mesa y número de orden) de donde le correspondería votar). En las elecciones provinciales de septiembre solo puede votar en el municipio que le corresponde.

    Artículo 58. – Requisitos para ser fiscal. Los fiscales o fiscales generales de los partidos políticos deberán saber leer y escribir y ser electores del distrito en que pretendan actuar.
    Los fiscales podrán votar en las mesas en que actúen aunque no estén inscriptos en ellas, siempre que lo estén en la sección a que ellos pertenecen. En ese caso se agregará el nombre del votante en la hoja del Registro, haciendo constar dicha circunstancia y la mesa en que está inscripto.
    En caso de actuar en mesas de electores de distinto sexo, votarán en la más próxima correspondiente a electores de su mismo sexo.

    Pero siempre es posible objeciones. Un consejo: levántese temprano, y haga la cola antes de las ocho de la mañana donde le corresponde votar para ser de las primeras y vaya después a fiscalizar donde le corresponde

    [Responder]

  65. Lucas, de Argentina Argentina, el 22 de junio de 2009 a las 11:56

    Por un contacto me anote para ser fiscal de mesa y no me acordaba que hace tiempo me habia afiliado a un partido politico, existe algun inconveniente?

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 22 de Junio de 2009 a las 15:06 responde:

    Lucas: Sea para autoridad de mesa, o fiscal de mesa por un partido, no tiene importancia alguna. No es impedimento.

    [Responder]

  66. romina, de Argentina Argentina, el 22 de junio de 2009 a las 18:40

    Hola…
    ¿Quisiera saber que pasa si decido no ser fiscal de mesa voluntaria?
    Espero su respuesta..GRACIAS!!!

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 22 de Junio de 2009 a las 19:29 responde:

    Romina: Me parece que usted confunde fiscal de mesa con autoridad de mesa. Lea las ¿Preguntas y respuestas frecuentes?
    Si usted se ofreció a ser fiscal de un partido y cambió de idea, llámelos y dígales que lo lamenta y no puede ser fiscal. No está usted obligada.
    Si en cambio usted se anotó en el Registro de Postulantes de autoridad de mesa, y la nombran, debe cumplir o hacerse cargo de las cuestiones legales. No se lo aconsejo.

    [Responder]

  67. Gabriela, de Argentina Argentina, el 22 de junio de 2009 a las 19:26

    Hola, me designaron primer suplente de mesa, el temas es que me diagnosticaron hoy conjuntivitis (todos sabemos que es contagiosa ), en la guardia del HOSPITAL SANTA LUCIA de Capital Federal, pero me dice la doctora que no me puede dar un certificado donde diga que necesito hacer reposo, que la recuperacion va a ser lenta de 7 a 15 dias, pero solo me entrega una constancia de asistencia del dia de hoy y un recetario donde dice que por 7 dias tengo que pomerme unas gotas cada 4 horas. Mi pregunta es que hago?,me presento el domingo con mi conjuntivitis y mis gotas o que? me sirve la constancia?. Gracias por su atencion

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 22 de Junio de 2009 a las 19:55 responde:

    Gabriela: No soy médico, por lo que no puedo opinar demasiado, sobre el tema. Mi entendimiento es que es contagiosa en la medida de que se toque los ojos con material que otros toquen. Si la profesional no le da un certificado que dice que usted no puede actuar de suplente por su problema, me parece difícil que la Secretaría Electoral la excuse. Puede probar ir a otro hospital y ver si otro médico le da un certificado. Puede probar llamar/ir a la Secretaría Electoral (ver en el margen derecho para el listado), la única manera de ser excusada, y solicitar ser excusada. Pero si le dicen que no, debe trabajar de suplente. Lleve las gotas, lleve jabón para lavarse las manos (y su propia toalla para secarse).

    [Responder]

  68. victor, de Argentina Argentina, el 23 de junio de 2009 a las 11:24

    Hice el tramite para la actualizacion del DNI y hasta ayer 22/6 consultando en el registro no habia llegado. Consulte a traves de internet y me dice que el tramite egreso del de Re Na Pe el 29/05/09 (yo inicie el tramite el 14/05/09).
    Esto que significa?
    Y si no me llega el documento al dia de la eleccion Que hago?
    Tambien llame al 0800-9999-364 y nadie atiende.
    Desde ya muchas Gracias

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 23 de Junio de 2009 a las 11:40 responde:

    Victor: Siga preguntado hasta el mismo día de las elecciones si fuere necesario. Y si no llega a estar, no votará. Otra no hay.
    En cuanto a que egresó del RENAPE: pregunte en el Registro donde realizó el trámite

    [Responder]

  69. Natalia, de Argentina Argentina, el 23 de junio de 2009 a las 19:06

    Hola, me anoté como postulante a autoridad de mesa en la facultad donde estudio. Consulté en el Registro Publico de Postulantes y figuro. Mi duda es cómo me entero si resulto elegida para desempeñar el cargo. Se supone que si me asignan, lo haran por la zona donde voto, no?? Gracias.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 23 de Junio de 2009 a las 21:54 responde:

    Natalia: Te enviarán un telegrama. Lo usual es que las autoridades de mesa lo sean de la mesa o escuela donde deberían votar. Ignoro que criterio adoptaron con los postulantes en caso de que los nombren. Y sospecho que nombraran solo a último momento

    [Responder]

  70. franco, de Argentina Argentina, el 23 de junio de 2009 a las 20:11

    a mi esposa le toco ser primer suplente pero esta con gripe y tiene licencia en el trabajo,la atiende su medico particular, por lo tanto no podra concurripa para ser autoridad de mesa. Cuales son los pasos a seguir para informar esto. Ya que algunos dicen una cosa, otros otra, en fin espero q puedan aclararme esta duda.
    muchas gracias!

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 23 de Junio de 2009 a las 22:00 responde:

    Franco: El Código Electoral dice:

    Artículo 75:
    ………………
    c) A los efectos de la justificación por los presidentes o suplentes de mesa de la enfermedad que les impida concurrir al acto electoral, solamente tendrán validez los certificados extendidos por médicos de la sanidad nacional, provincial o municipal, en ese orden. En ausencia de los profesionales indicados, la certificación podrá ser extendida por un médico particular, pudiendo la Junta hacer verificar la exactitud de la misma por facultativos especiales. Si se comprobare falsedad, pasará los antecedentes al respectivo agente fiscal a los fines previstos en el artículo 132.

    Debe avisar a la Secretaría Electoral de su provincia (vea en el margen derecho para el listado). Llámelos por teléfono mañana y explíqueles. Llegado el caso tendrá que ir su esposa a un hospital para que le certifique un médico aceptable para la Justicia Electoral

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 23 de Junio de 2009 a las 22:03 responde:

    Franco: Adicional: Es importante que avise. Además del teléfono, para averiguar exactamente que médico usar y que sepan que deben reemplazar a su esposa, envíe un telegrama para que quede constancia escrita de que se excusó con causa.

    [Responder]

  71. Ezequiel, de Argentina Argentina, el 23 de junio de 2009 a las 22:01

    Hola, hara dos semanas recibi el telegrama siendo designado primer suplente. La pregunta es ¿ya con solo ese telegrama quedo firme mi designación y debo asistir al lugar indicado a la 7:30?¿como se si el presidente designado de mi mesa se excuso y me llega a tocar serlo a mi? ¿esta designación implica que ahora siempre sere sitado?
    Muchas gracias!!!

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 23 de Junio de 2009 a las 22:07 responde:

    Ezequiel: Es el único documento que le enviarán. Debe concurrir. ¿Cómo va a saber si el presidente se excusó? Simple: no va a estar presente y en ese caso usted será el presidente (para esta ocasión). En cuanto al futuro: la regla actualmente es llamar dos veces a un ciudadano.

    [Responder]

  72. leila, de Argentina Argentina, el 24 de junio de 2009 a las 11:29

    buenas tardes quisiera saber yo voy a la escuela
    y quisiera saber si usted me podria decir si en la
    escuela numero 5 san martin se vota
    ya q en mi colegio no me lo saben responder
    el colegio queda en entre rios 757
    desde ya muchas gracias

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 24 de Junio de 2009 a las 11:31 responde:

    Leila: Lo ignoro. Quizás en la Municipalidad lo sepan. O en cualquier partido político de la zona, ya que tienen que tener los listados de los locales y las mesas.

    [Responder]

  73. Silvina, de Argentina Argentina, el 24 de junio de 2009 a las 18:57

    Soy de la provincia de córdoba y me designaron presidente de mesa, estoy cursando una enfermedad que me imposibilita moverme, tengo el certificado del mismo otorgado por el hospital de Río Cuarto. Necesito saber que pasos debo seguir para enviar el certificado correspondiente y como hacer para que me sellen el documento. muchas gracias

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 24 de Junio de 2009 a las 19:10 responde:

    Silvina: Debe informar a la Secretaría Electoral de Córdoba. En el margen derecho puede encontrar el listado

    [Responder]

  74. martin, de Argentina Argentina, el 24 de junio de 2009 a las 22:31

    fui convocado para suplente de mesa en cap fed, pero estoy con problemas desde el 23/6 con mi artrosis en la columna cervical, tengo el certificado medico del hospital duran. deseo saber donde debo llevarlo y cuando, antes o despues de las elecciones, para justificar mi inasistencia.
    para su conocimiento quiero aclarar que no existe para mi mala voluntad, porque fui a hacer el curso explicativo,
    agradeceria que me contesten a la brevedad asi se como debo proceder
    desde ya muchas gracias

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 25 de Junio de 2009 a las 07:37 responde:

    Martín: Vaya a la Secretaría Electoral de Capital Federal con el certificado médico. En el margen derecho para el listado.

    [Responder]

  75. RICARDO, de Argentina Argentina, el 24 de junio de 2009 a las 23:02

    Interesantísima la página. Felicitaciones.
    Voy a ser Presidente de Mesa y tengo algunas dudas:
    Si el suplente no asiste para ayudar, ¿debo arreglarme solo o puede cubrirse ese cargo con alguna otra persona que concurra a votar?
    Cuando tenga que entrar al cuarto oscuro junto a los fiscales para controlar que todo esté en orden, ¿qué se hace con la urna?
    Desde ya muchas gracias.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 25 de Junio de 2009 a las 08:28 responde:

    Ricardo: Si el suplente no se presenta, se las arregla solo. En realidad solo no va a estar. Los fiscales lo van a ayudar. En cuanto a la urna: nadie se la va a llevar. Llegado el caso puede pedir a uno de los policías que se quede al lado. El policía está a su orden. Además usted se puede quedar en la puerta mientras los fiscales entran. Ellos se van a vigilar unos a otros.
    Más problemático es si tiene que ir al baño. Llévese el sello. Y en el escrutinio recuerde que los fiscales solo deben mirar, no abrir sobres (aunque a veces un fiscal, con el consentimiento de los otros, ayuda).
    Comentario final: después de media hora todos los de la mesa son amigos. Tienen doce horas por delante.

    [Responder]

  76. Marcos, de Argentina Argentina, el 25 de junio de 2009 a las 12:10

    Hola, figuro , luego de reclamar en todas las subsecretarias existentes ya que no estaba empadronado , en el padron electoral que aparece en www2.pjn.gov.ar/consulta/main.php publicado por el PODER JUDICIAL De LA NACION como un votante AGREGADO EN EL ACTA COMPLEMENTARIA. Recien llego de consultar los padrones que los partidos tienen impresos y en este no figuro y por mi apellido deberia votar en una escuela que no es la que me asigna el sitio web del PODER JUDICIAL De LA NACION, queria saber si existe la posibilidad de que al momento de votar, esta acta complementaria no se encuentre en la mesa inhabilitandome para votar, y en caso de que esto ocurra, que debo hacer?

    Desde ya, Muchas Gracias

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 25 de Junio de 2009 a las 12:24 responde:

    Marcos: Por lo que tengo entendido, su nombre o está agregado en un hoja de padrón a mano o en una hoja adicional del padrón en la mesa que le asignaron por Internet. Y por eso no la tienen los partidos, porque no fue impresa al momento de imprimir los padrones. Es adicional. Y si no llega a estar deberá dirigirse a la Secretaría Electoral correspondiente en ese momento.

    [Responder]

  77. RICARDO, de Argentina Argentina, el 25 de junio de 2009 a las 13:35

    Francisco: le agradezco la prontitud de su respuesta, me imaginaba que sería así.
    También quisiera que me explique cómo influyen los votos nulos y en blanco en el resultado final de las Elecciones (no en el escrutinio de la Mesa). ¿Influye de la misma manera un voto nulo que uno en blanco? Gracias.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 25 de Junio de 2009 a las 14:55 responde:

    Ricardo: Aclaremos:voto en blanco es un voto a nadie. Puede abarcar todas las categorías (sobre vacío o un papel monocolor sin inscripciones) o algunas. Ejemplo: si en la Capital Federal, donde hay dos elecciones, diputados nacionales y legisladores de la ciudad, alguien corta la boleta y solo pone la de diputados, hay un voto en blanco para legisladores y uno positivo para diputados de algún partido. El anulado es por diversa causas: puede involucrar todo, o solo alguna de las elecciones. Si la persona introduce una boleta completa (en la ciudad de Buenos Aires) y escribe en la parte de diputados: “los odio”, pero la de legisladores no tiene nada inscripto, es un voto nulo para diputados y valido (positivo) para legisladores.
    Desde el punto de vista de repartir cargos no se toman en cuenta ni uno ni otro. Solo se toman en cuenta los votos que saca cada lista. Y para ser tenida en cuenta una lista debe sacar al menos el 3% del padrón (no del total de votos, donde si influirían los blancos y anulados). O sea que el papel de los votos en blancos y anulados es: ninguno. Nadie es dueño de los votos en blanco salvo ocasiones excepcionales. Además el voto en blanco en una misma elección varía con la categoría votada. Ejemplo: en el año 2007 en la provincia de Buenos Aires hubo elección de presidente, diputados nacionales, gobernador, legisladores provinciales,intendente y concejales, 5 elecciones en total (solo puedo dar los datos de cuatro):
    Categoría Votos blancos Votos nulos
    Presidente 721.330 76.273
    Dip. nac. 1.105.441 73.739
    Gobernador 913.214 66.814
    Legisl. prov. 1.448.799 66.274

    Para los cargos de Senadores nacionales solo importa el que sale primero y el que sale segundo. Nuevamente tampoco son tomados en cuentas los blancos y nulos. Y para gobernadores solo se toma en cuenta quien salió primero.
    Para presidente solo se toman los votos validos positivos. Explícitamente no se toman en cuenta ni los blancos ni los nulos.
    En las provincias en general es similar. Ignoro el detalle ya que hay diversos sistemas, dependiendo de cada provincia, para repartir los cargos.
    Por supuesto que ningún candidato quiere que la gente vote en blanco: quieren que voten por ellos

    [Responder]

  78. Silvana, de Argentina Argentina, el 25 de junio de 2009 a las 15:09

    Buenas Tardes, a mi esposo lo designaron presidente de mesa en estas elecciones pero lamentablemente padece de Leucemia y no está en condiciones de ir, pero como es un abogado muy responsable insiste en ir, me podria informar según el distrit (que en su caso es San Isidro) deberia concurrir para tramitar un certificado médico donde lo eximan de esta tarea. Muchas gracias.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 25 de Junio de 2009 a las 15:18 responde:

    Silvana: Tiene que obtener un certificado del Hospital de San Isidro y hablar con la Secretaría Electoral en La Plata (ver en el margen derecho para el listado)

    [Responder]

  79. nahuel, de Argentina Argentina, el 25 de junio de 2009 a las 16:40

    HOLA QUISIERA SABER SI POR SER FISCAL DE PARTIDO TENGO UN FRANCO COMPENSATORIO Y SI ES SI POR FAVOR DIGANME EN DONDE SACAR ESA INFORMACION.GRACIAS

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 25 de Junio de 2009 a las 16:55 responde:

    Nahuel: Entiendo que no tiene franco compensatorio por ser fiscal de partido político. Es un trabajo estrictamente voluntario. Puede conversarlo con su patrón, pero él no tienen ninguna obligación de dárselo. Sí le debe dar tiempo, y no puede descontarlo, para que usted pueda votar. Dice el Código Electoral:

    Artículo 8. – Electores que deben trabajar. Los que por razones de trabajo deban estar ocupados durante las horas del acto electoral, tienen derecho a obtener una licencia especial de sus empleadores con el objeto de concurrir a emitir el voto o desempeñar funciones en el comicio, sin deducción alguna del salario ni ulterior recargo de horario.

    A mi entender (no soy abogado) las funciones a las que refiere el artículo 8 son las de presidente o suplente de mesa y el beneficio se limita a no perder el sueldo o tener que trabajar para recuperar las horas. Quizás, aunque lo dudo, su convenio de trabajo diga algo al respecto

    [Responder]

  80. silvia arias, de Argentina Argentina, el 25 de junio de 2009 a las 21:37

    QUISIERA SABER QUE DEBO HACER PORQUE NO ME QUEDA NINGUN CASILLERO PARA EL SELLO EN EL D.N.I

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 26 de Junio de 2009 a las 05:59 responde:

    Silvia: Cualquier hoja que tenga partes en blanco, como la de cambio de direcciones. Vaya pensando en cambiar el dni. Y no espere al 2011

    [Responder]

  81. Marcela, de Argentina Argentina, el 26 de junio de 2009 a las 00:03

    Fui designada presidente de mesa para estos comicios. Quisiera saber si en caso de que concurra el presidente suplente esta obligado a quedarse aunque este yo.En caso de que así no sea , al para ir al baño a quien dejo al cuidado de la urna? y cuando entro al cuarto oscuro para ver si estan todas las boletas? Gracias

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 26 de Junio de 2009 a las 06:06 responde:

    Marcela: La suplente está obligada a quedarse y ayudarla en todo. Hay trabajo para las dos. Suponiendo que está sola con los fiscales: por seguridad siempre tenga el sello con usted. Pero no vea a los/las fiscales como enemigos. La van a ayudar. Y se vigilan entre ellos. Usted tiene a la policía a sus ordenes. Llegado el caso le ordena que cuide la urna cuando va al baño. En cuanto a las boletas: tampoco suele ser un problema, ya que los fiscales miran también. Usted fíjese en las que no tienen fiscales

    [Responder]

  82. Ezequiel, de Argentina Argentina, el 26 de junio de 2009 a las 09:43

    Buen día, fui designado primer suplente y me encuento con un fuerte estado gripal y con una orden de un medico con matricula nacional que me indica que debo estar aislado hasta el día 30. ¿como debo hacer ya que me quiero comunicar con la secretaria electoral de la plata y no puedo hacerlo?

    [Responder]

  83. Juanjo, de Argentina Argentina, el 26 de junio de 2009 a las 12:34

    Vivo en Santa Teresita hace 5 meses y todavia no hice cambio de domicilio, eso es menos de 500 km, pero economicamente me es imposible costearme el pasaje a Buenos Aires para votar, ¿que debo hacer?. Desde ya muchas gracias.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 26 de Junio de 2009 a las 12:57 responde:

    Juanjo: Vaya hoy al Registro Civil y haga el cambio de domicilio. También el domingo a la comisaría. Así, si el día de mañana alguien le hace problemas y debe hacer el trámite (en La Plata)(en el peor de los casos paga una multa ínfima), usted muestra que vivía en otro lugar. Y duerma tranquilo. Eso si, en las elecciones de 2011, en el período de padrón provisorio, verifique que el cambio de domicilio que haga realmente fue registrado.

    [Responder]

  84. magdalena, de Argentina Argentina, el 26 de junio de 2009 a las 13:48

    No puedo creer que me hagan ser suplente de mesa, estoy viendo muchísimos msjs de gente dispuesta a serlo y yo no quiero ni me interesa participar de ninguna manera en estas elecciones con las que no concuerdo ideologicamente, entonces, por que se me obliga? esto es la famosa “democracia” Esto es un chiste

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 26 de Junio de 2009 a las 14:48 responde:

    Magdalena: No es un chiste, ser autoridad de mesa es una obligación cívica, para no mencionar legal. Tampoco nadie le preguntó su ideología. Aparentemente usted cree que democracia es hacer o no hacer lo que a usted le viene en gana. ¿No quiere cumplir con la ley? Aténgase a las consecuencias.

    [Responder]

  85. soledad, de Argentina Argentina, el 26 de junio de 2009 a las 14:35

    acaba de llegarme la carta para ser suplente primera en martinez. tengo una hija de dos años discapacitada ( tengo todos los certificados correspondientes)que ademas hoy acaban de operar en FLENI.
    dice que la excusacion es hasta las 18 hs de hoy y en la plata???
    imposible poder ir hasta alla.
    podre enviar por correo la informacion pertinente o faxearla?
    gracias

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 26 de Junio de 2009 a las 14:52 responde:

    Soledad: Le sugiero que hable por teléfono (para explicar) y envié un telegrama (para dejar constancia por escrito)

    [Responder]

  86. Roberto, de Argentina Argentina, el 26 de junio de 2009 a las 15:21

    Hola:
    Fui designado presidente de mesa. Mi pueblo es una comunidad chica donde pocos votos pueden cambiar el resultado y una práctica habitual es la de “compra” de votos. Si en el escrutinio aparecen votos con pequeños dibujitos( flores, barcos.pajaros.letras) ¿Qué debo hacer con esos votos? las explicaciones en los manuales de capacitación no son muy claras. Desde ya muchas gracias por su respuesta

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 26 de Junio de 2009 a las 16:21 responde:

    Roberto: Cualquier inscripción que no sea una tacha de un nombre de persona o inscripción de otra persona, anula la parte de la boleta donde ocurre. Si fuera en la provincia de Buenos Aires, donde hay elecciones de diputados nacional, legisladores provinciales y elecciones municipales (tres cuerpos), y por ejemplo, aparece una florcita en la municipal, solo se anula la municipal.
    Si alguien tacha el nombre de un diputado y pone Maradona, el voto de diputado es valido y se cuenta para el partido correspondiente. Pero si pone Viva Maradona, ese cuerpo es nulo. Ahora es una inscripción cualquiera, no un reemplazo de un nombre.
    Debe asegurarse que el sobre que va a poner el elector en la urna es el mismo que usted le dió (que muestre las firmas). Esto para evitar el voto en cadena. Que haya pocos sobres sobre la mesa y bajo su control. Todos deben firmar cada grupito de sobres en los mismos lugares (para no poder identificar el voto).
    Y si alguien pone junto a un voto otra cosa, papel, estampitas, lo que fuere, anula todas las secciones.

    [Responder]

  87. Carlos, de Argentina Argentina, el 26 de junio de 2009 a las 16:05

    Buenas tardes. He sido operado de la pierna izquierza hace dos semanas atras, y debo guardar reposo absoluto por 6 semanas más. Quisiera saber, ya que estoy inmovilizado, que trámite hay que hacer, para justificar mi ausencia en la mesa de votación el próximo domingo 28/06/09. Muchas gracias

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 26 de Junio de 2009 a las 16:31 responde:

    Carlos: Debe comunicarse con la Secretaría Electoral de su provincia (vea en el margen derecho para el listado). Le sugiero que avise por teléfono y telegrama. Y que tenga un certificado médico, en lo posible de médico de institución estatal (nacional, provincial, municipal es el orden de preferencia. Dice el Código Electoral:

    art 75 c) A los efectos de la justificación por los presidentes o suplentes de mesa de la enfermedad que les impida concurrir al acto electoral, solamente tendrán validez los certificados extendidos por médicos de la sanidad nacional, provincial o municipal, en ese orden. En ausencia de los profesionales indicados, la certificación podrá ser extendida por un médico particular, pudiendo la Junta hacer verificar la exactitud de la misma por facultativos especiales. Si se comprobare falsedad, pasará los antecedentes al respectivo agente fiscal a los fines previstos en el artículo 132.

    [Responder]

  88. soledad, de Argentina Argentina, el 26 de junio de 2009 a las 16:49

    gracias por la respuesta!
    ya envie telegrama y ademas una carta a la secretaria electoral adjuntando los certificados de discapacidad de mi hija, intervencion de hoy,etc.
    El tema es que hace mas de 2 horas que estoy llamando a estos 3 telefonos a la plata y en una linea dice que esta en reparacion y la otra no deja de dar ocupado.
    Mi pregunta es: yo que soy responsable y me ocupo de hacer lo que me dicen ( enviar, tel, etcc) estando en la situacion especial que estoy, como puede ser que la carta en donde te designan suplente llegue a las 14.40 de la tarde y diga que para el tramite de excusacion hay que presentarse de lu a vie en la plata, como puedo yo tener el tiempo y ademas irme hasta la plata en 2 horas???, me parece que eso es una locura, para eso deberian mandarnos la carta un mes antes asi podemos hacerlo como corresponde.
    Las lineas dan ocupado, que mas puedo hacer???
    gracias

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 26 de Junio de 2009 a las 17:11 responde:

    Soledad: Piense que tienen que imprimir miles de telegramas. Luego repartirlos. Luego el Correo devuelve los que no pudo entregar. Nueva tanda con los reemplazos. Por supuesto que además la ley y los jueces son irrazonables. No es lo mismo concurrir en la Ciudad de Buenos Aires que ir a La Plata. Usted tiene “suerte”. Pero la provincia es grande y son mucho más de dos horas desde los extremos de la provincia a La Plat. Para no mencionar el costo.
    Se puso hasta 500 km para que la gente de Buenos Aires que va a Mar del Plata deba votar. Pero es irreal. Son muchos los que están a 100 km de su domicilio anterior y les significa varias horas de colectivo de ida y otros tanto de vuelta si figuran con el domicilio anterior, sea por error del padrón o por que no hicieron un cambio de domicilio. Es cierto que uno debe registrar el cambio de domicilio dentro de los seis meses, pero no todos pueden perder el tiempo que la burocracia argentina pretende que pierdan.
    En fin usted envió telegrama y carta. Siga intentando, pero si no puede comunicarse, duerma tranquila. Es también función de la Justicia asegurase de que los ciudadanos se puedan comunicar con ellos.

    [Responder]

  89. Natalia, de Argentina Argentina, el 26 de junio de 2009 a las 20:58

    Hola, antes escribí comentándote que me había postulado como autoridad de mesa. En el formulario me pedían telefonos, mails y ademas de la última dirección que figura en mi dni, me pedían una alternativa. La cuestión es que yo no hice cambio de domicilio y temo que me hayan mandado la notificación a mi viejo domicilio. La notificación se entrega si la persona la recibe personalmente, no? No hay algún registro de las personas designadas en primer lugar por la Justicia Electoral para desempeñar los cargos? No sea que me hayan designado, yo me haya anotado como postulante, y como no se si me notificaron, no me presente el domingo y tenga después problemas. Esas son mis dudas. Gracias de antemano.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 26 de Junio de 2009 a las 21:52 responde:

    Natalia: La notificación se la van a enviar a la dirección del padrón. Y siempre puede llamar a la Secretaría Electoral o a la oficina de Correos de su domicilio. Y si no le entregaron la notificación, no está notificada y no es autoridad. No hay un registro de autoridades de mesa, al menos no público.

    [Responder]

  90. rogelio, de Argentina Argentina, el 27 de junio de 2009 a las 19:39

    Me notificaron que soy autoridad de mesa y no puedo encontrar mi DNI, que puedo hacer??

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 27 de Junio de 2009 a las 23:24 responde:

    Rogelio: Buscarlo. Sin el DNI no puede actuar como autoridad de mesa. Le sugiero que vaya a la escuela e informe del problema, así como a la Secretaría Electoral de su provincia

    [Responder]

  91. alejandra, de Argentina Argentina, el 27 de junio de 2009 a las 23:37

    quisiera saber si van a entregar barbijos y guantes por la gripe porcina, o cada uno debe preocuparse por eso.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 27 de Junio de 2009 a las 23:49 responde:

    Alejandra: Lo ignoro. En todo el caso lleve el suyo (o varios, para los demás)

    [Responder]

  92. Camilo Ojeda, de Argentina Argentina, el 28 de junio de 2009 a las 02:43

    Me encantó la pagina, sobre todo por la claridad de la informacion. Fui autoridad de mesa una vez y la verdad que fue una experiencia enriquecedora, no tengan miedo, es re simple y es verdad que los fiscales te ayudan. Una cosa, ojo con el sello, no lo pierdan!!! Pueden impugnar la mesa, o al menos es lo que a mi me dijeron.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 28 de Junio de 2009 a las 05:03 responde:

    Camilo: Gracias por su palabras. El sello es importante porque en nuestro país todo pasa por la formalidad. Si tiene un sello es bueno, si tiene dos mejor, no hablemos de tres! Viene de la época de la colonia.
    En muchos países, el día de las elecciones no sellan el documento (y no siempre tienen). Sellan a la persona en la mano.

    [Responder]

  93. matias, de Argentina Argentina, el 28 de junio de 2009 a las 10:17

    me anotaron para fiscal de mesa y no recibi ningun aviso de que me precente en ningun lugar ,puedo tener algun problema,la persona que me anoto hace dos semanas que no da la cara nisiquiera para responderme mi inquietud…

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 28 de Junio de 2009 a las 11:06 responde:

    Matías: Si usted no quiere ser fiscal de partido político, nadie lo puede obligar. Es absolutamente voluntario. Otra cosa es ser autoridad de mesa nombrado por la Justicia. Eso es obligatorio.

    [Responder]

  94. ariel m. videla, de Argentina Argentina, el 28 de junio de 2009 a las 17:08

    Hola, mi consulta es simple no tengo documento porque me lo robaron, cuales son los pasos a seguir. tengo la denuncia de robo pero por cuestiones de trabajo no inicie el tramite.
    desde ya muchas gracias.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 28 de Junio de 2009 a las 19:48 responde:

    Ariel: Inicie el trámite. Y guarde la denuncia por si acaso se la pidan.

    [Responder]

  95. leonardo, de Argentina Argentina, el 30 de junio de 2009 a las 17:38

    hola, mi consulta es la siguiente, en caso de ser concejal en ejercicio no afiliado a ninguna partido y se es nombrado autoridad de mesa, puedo ejercer como autoridad??? me esta permitido??? o debo excusarme de ejercer dicho nombramiento??.
    pregunto lo siguiente porque he visto en una mesa como autoridad a un concejal en ejercicio y yo tengo entendido que no debia aceptar dicho nombramiento y debia excusarse de ejercer ese rol.
    saludos …MUY PERO MUY BUENA LA PAGINA..FELICITACIONES…

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 30 de Junio de 2009 a las 19:48 responde:

    Leonardo: No importa si es o no afiliado a un partido. El Código Electoral solo pide leer y escribir y ser del distrito y estar en el padrón. En cuanto a excusarse el Código Electoral dice:

    Artículo 75. – Designación de las autoridades.
    ……………………………………..
    a) La excusación de quienes resultaren designados se formulará dentro de los tres días de notificados y únicamente podrán invocarse razones de enfermedad o de fuerza mayor debidamente justificadas. Transcurrido este plazo sólo podrán excusarse por causas sobrevinientes, las que serán objeto de consideración especial por la Junta;
    b) Es causal de excepción el desempeñar funciones de organización y/o dirección de un partido político y/o ser candidato. Se acreditará mediante certificación de las autoridades del respectivo partido;
    …………………………………….

    Si fuera candidato podría excusarse. No es obligatorio. Ser concejal, diputado, etc. no es impedimento para ser autoridad de mesa.
    Volviendo al tema de afiliado. La Cámara Electoral lo puso como condición para los Postulantes a Autoridad de mesa. Pero lo hizo de prepo (además de las pretensiones iniciales de ser universitario de universidad estatal). Quizás lo hizo para evitar suspicacias de que se anotaran de partidos políticos como para copar las mesas. pero como expresé al principio no es condición legal.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 30 de Junio de 2009 a las 19:54 responde:

    Leonardo: Sobre el tema afiliado y autoridad de mesa: Para la mayoría de los partidos políticos es difícil, por no decir imposible, llenar todas las mesas con fiscales. Por eso apelan a los fiscales generales. Un fiscal general puede vigilar sin problemas 4 a 10 mesas. Que nombren autoridad de mesa a un fiscal de un partido chico en realidad embroma bastante a ese partido porque tiene que conseguir otro fiscal y siempre es un problema

    [Responder]

  96. mariana, de Argentina Argentina, el 15 de julio de 2009 a las 16:04

    hola: fui suplente en las elecciones pasadas, necesito saber si me corresponde cobrar al igual que el presidente de mesa. me dieron el aviso de pago ese dia pero figura presidente de mesa, las personas del correo que me lo entregaron ese dia me dijeron que el papel servia igual aunque no dijera suplente, solo se les habia traspapelado el mio. fui a cobrar al correo y me dijeron que solo el presidente recibiria el pago, no los suplentes. es verdad?

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 15 de Julio de 2009 a las 16:58 responde:

    Mariana: Usted tiene derecho a cobrar. El Código Electoral Nacional es claro. No habla del presidente de mesa. Habla de las autoridades de mesa:

    Artículo 72 — Autoridades de la mesa. Cada mesa electoral tendrá como única autoridad un funcionario que actuará con el título de presidente. Se designará también un suplente, que auxiliará al presidente y lo reemplazará en los casos que esta ley determina.
    En caso de tratarse de la elección de Presidente y Vicepresidente de la Nación, las autoridades de mesa designadas para la primera vuelta cumplirán también esa función en caso de llevarse a cabo la segunda vuelta.
    Los ciudadanos que hayan cumplido funciones como autoridades de mesa recibirán una compensación consistente en una suma fija en concepto de viático.
    Sesenta (60) días antes de la fecha fijada para el comicio, el Ministerio del Interior determinará la suma que se liquidará en concepto del viático, estableciendo el procedimiento para su pago que se efectuará dentro de los sesenta (60) días de realizado el comicio, informando de la resolución al juez federal con competencia electoral de cada distrito. Si se realizara segunda vuelta se sumarán ambas compensaciones y se cancelarán dentro de un mismo plazo.

    La Resolución 332/2009, que dispone del pago, también se refiere a las “autoridades de mesa”.
    En todo caso pruebe llamar a la Subsecretaría de Asuntos Políticos y Electorales del Ministerio del Interior:
    (011) 4346-1607 Lunes a viernes de 9 a 18 horas (según la página web)

    [Responder]

  97. Ariadna, de Argentina Argentina, el 12 de noviembre de 2009 a las 22:49

    quiero sacarme el DNI por que me lo robaron, y no se donde. no se a que districto tengo que ir. es sumamente urgente.

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 13 de Noviembre de 2009 a las 07:29 responde:

    Ariadna: Tiene que ir al Registro Civil de su domicilio. En la comisaría de su domicilio saben donde es.

    [Responder]

  98. Agostina, de Argentina Argentina, el 28 de marzo de 2010 a las 16:42

    Hola soy de mendoza y no pude votar hoy porque mi DNI está en tramite, ¿que debo hacer? Gracias

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 28 de Marzo de 2010 a las 18:52 responde:

    Agostina: no pierda el tiempo. La realidad es que nadie la va a molestar por no votar.

    [Responder]

  99. Nestor, de , el 3 de abril de 2010 a las 10:49

    Hola.Soy medico recien recibido y el año que viene puede ser que trabaje en un hospital publico.Yo NUNCA vote debido a que no figuro en los padrones.uqe tengo que hacer?

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 5 de Abril de 2010 a las 16:04 responde:

    Nestor: Debió hacer. Siempre hay que fijarse antes de la elecciones en el padrón provisorio. Debe ir ,o comunicarse primero (siempre recomendable), a la http://www.fiscaldemesa.com.ar/secretarias-electorales-nacionales/ correspondiente a su domicilio.
    Las instrucciones dadas para las elecciones de junio 2009 están acá. En principio se puede suponer que son válidas. No espere hasta fin de año. Aproveche y haga el trámite ahora. Y cuando se publique el padrón provisorio, fíjese si figura.

    [Responder]

  100. carlos, de , el 12 de junio de 2010 a las 20:06

    Hola, muy buena su pagina. Es una consulta: Un amigo mio de Rosario me conto que fue fiscal de mesa, hizo recuentos de votos y fue citado obligatoriamente varias veces. Por lo que lei..un fiscal NO cuenta votos ni es citado obligatoriamente. Lo consulte con una persona que sabe algo sobre esto y me dijo que: A los que primero llaman son a los docentes, (este amigo de Rosario NO lo es, trabaja en Tribunales de Rosario).Que habiendo sido fiscal alguna vez NO puede ser llamado, en otra eleccion, como Autoridad, o sea presidente o suplente. Mi pregunta es: habiendo sido fiscal de mesa, alguna vez, PUEDE ser llamado como Autoridad..en otra eleccion?. Porque si fuera asi..entonces mi amigo no me mintio. O sea, fue fiscal,luego como autoridad conto votos y fue citado obligatoriamente.Se pueden cubrir AMBOS cargos?.Gracias

    [Responder]

    francisco, de Argentina Argentina, el 13 de Junio de 2010 a las 11:28 responde:

    Carlos: Ser fiscal es un acto voluntario. Nadie puede ser citado, obligado, etc. Lo que no quiere decir que no haya gente que es obligada por personas inescrupulosas a realizar estas y otras tareas en pago de “favores” recibidos.
    Las autoridades de mesa son nombradas por la Justicia Electoral. Antiguamente nombraban fundamentalmente docentes, por entenderse que eran personas con instrucción (y la mayoría empleados del estado). Pero nombraban otras personas también. El requisito ha sido siempre saber leer, escribir y estar en el padrón de la sección. En algún momento (ignoro cuando) empezaron a rotar los nombramientos, de manera que nadie fuera más de tres veces. Se supone que hoy en día son nombrados por sorteo electrónico (el padrón ahora está informatizado), pero que pueden ser nombrados tres veces.
    ¿Puede haber sido una persona nombrada autoridad de mesa habiendo sido fiscal? No hay nada en la ley electoral que lo prohíba. Personalmente he sido fiscal numerosas veces desde 1973, he sido afiliado a partido político, y he sido nombrado tres veces presidente de mesa. Dos veces lo fui en un domicilio salteando una elección donde fue nombrado mi hijo. Como mi hijo tiene un nombre parecido al mío sospecho que se equivocaron y lo nombraron a él. Me mudé y me nombraron nuevamente.
    En las últimas elecciones la Justicia Electoral creó un registro de voluntarios. Inicialmente era un registro muy discriminatorio, solo para universitarios. Además exigían (y amenazaban) que no fuera afiliado a partido político. Yo me anoté como voluntario (aunque figuro como afiliado de un partido), pero no me llamaron.
    Volviendo a otra parte de su pregunta: ¿pueden los fiscales contar votos? Respuesta: no deben. Pero es frecuente que algún fiscal lo haga, permitido por los otros, para ayudar al presidente cuando el suplente faltó a la cita.
    Lo que no se puede es que una persona sea simultáneamente autoridad de mesa y fiscal. Debe cesar de inmediato como fiscal. ¿Puede ocurrir? Si, y he sido testigo de ello. Faltaban autoridades de mesa, y al primero de la fila se lo designó presidente. Rehusaba porque era fiscal en otra escuela. Finalmente accedió y trabajo de presidente.

    [Responder]

    carlos, de , el 13 de Junio de 2010 a las 19:08 responde:

    Mil gracias por su respuesta, muy clara y rapida. Realmente es un lujo, para nosotros los ciudadanos, contar con Ud y su pagina. Todo mi afecto. Carlos

    [Responder]

Escriba un comentario

Antes de escribir LEA los comentarios y las Preguntas y respuestas frecuentes

No nos pida información sobre personas. No tenemos manera de averiguarlo.
No ponga su DNI, telefóno, dirección o cualquier otro dato personal
La dirección de correo debe ser real. No se publica. Y la usamos para contestarle. Si es falsa no podrá recibir una respuesta. No publicamos comentarios políticos. Envíelos a otros sitios.