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En la provincia de Buenos Aires para ser concejal se requiere tener 25 años de edad (art. 191 de la Constitución de Buenos Aires).
En el año 2013 el Congreso de la provincia aprobó la ley 14523 que declaraba la necesidad de la reforma parcial de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires. Fue promulgada y publicada en el Boletín Oficial.
La constitución provincial contempla en su artículo 206 que en esos casos se debe convocar a un plebiscito por el SÍ se aprueba o por el NO se aprueba. La elección se debe realizar en la primer elección provincial.
El gobernador de aquél momento, Daniel Scioli, en vez de agregar el plebiscito al llamado de elecciones de legisladores y concejales, nombró una comisión para estudiar el (para él) complicado problema de agregar un par de boletas (una por SÍ y otra por NO). Ironías aparte, el sistema de nombrar comisiones para estudiar algo es un viejo recurso para no hacer nada. ¿Por qué Scioli no quería aprobar la reforma? Presumo que es porque indirectamente se modifica la edad para ser intendente, y él no habrá querido que en las elecciones de 2015 se presentaran candidatos jóvenes a intendentes.
En las elecciones de 2015 Scioli NO llama a plebiscito (presumiblemente la comisión no tuvo tiempo para terminar de estudiar).
En las elecciones de 2017 la gobernadora Vidal TAMPOCO llama a plebiscito. Presumo que sus asesores no le avisaron.
Le aviso Sra. Gobernadora Vidal: DEBE llamar a plebiscito a aprobar o no la reforma dispuesta por la ley 14523.
¿Mi opinión personal sobre si votar SÍ o NO (soy de Buenos Aires)? En verdad no tengo una opinión formada.
Me acuerdo perfectamente de esto.
A ver. ¿Puede “prescribir” una ley de esas características? O sea, pasado tanto tiempo de la promulgación, ¿no se “cae” si no es reglamentada? Pregunto desde mi absoluto desconocimiento, lamentablemente.
Por otra parte, he mandado un par de mails a organismos públicos para que me facilitaran un acceso web para poder ver las votaciones de los legisladores en la Provincia para distintas leyes (así como tiene el Diario La Nación, en su link votaciones, donde puede verse el accionar de Diputados y Senadores nacionales). Aún no obtengo respuesta. ¿Usted sabe dónde puedo encontrarlo? Muchas gracias
Martín: Yo soy abogado, tome lo que digo como una opinión semi-ilustrada. Las leyes no “caen” por no ser reglamentadas. Solo caen cuando otra ley las deroga. En este caso en particular hay una norma constitucional que obliga a realizar la consulta. Presumo que quienes debieran informar a la gobernadora no lo han hecho. No hay razones para no hacer el plebiscito, y sí la obligación de hacerlo.