2019: Elecciones nacionales
En las elecciones nacionales del 27 de octubre de 2019[1] se elegirá presidente y vicepresidente. La segunda vuelta presidencial, de corresponder[2], se debe realizar dentro de los 30 días, seguramente el 24 de noviembre.
También se renovará la mitad de las bancas de la Cámara de Diputados (130 diputados) y un tercio de las bancas del Senado (24 senadores). Y el 11 de agosto de 2019 se llevaran a cabo las elecciones primarias[3].
El número de senadores por provincia es 3, dos por la lista ganadora y 1 por la que sale segundo. Se renuevan simultáneamente todos los de una provincia. El mandato de los senadores es por 6 años y la Cámara se renueva por tercios (8 provincias en cada oportunidad) cada dos años.
El mandato de los diputados es por 4 años. La Cámara se renueva por mitades cada dos años.
A partir de estas elecciones las listas de diputados y senadores “deben integrarse ubicando de manera intercalada a mujeres y varones desde el/la primer/a candidato/a titular hasta el/la último/a candidato/a suplente.”
El número de diputados por provincia es proporcional a la población (no de ciudadanos que votan) según marca la Constitución Nacional. Pero desde 1983 que no se respeta esa norma fundamental. Hace varios años escribí sobre el tema. Lo pueden leer aquí.
Recientemente la Cámara Nacional Electoral falló sobre este tema y corresponde al Congreso Nacional resolverlo (o sea cumplir con la Constitución Nacional).[4] Más sobre este tema:
Alejandro Tullio en El Tribuno de Salta
Ámbito.com
Infobae.
También se renovaran los cargos de representantes al Parlasur: son 44, 19 elegidos a nivel nacional y 1 por cada provincia (Agregado 06-12-2019: Por un convenio de los países del Mercosur se suspendió. Pero el 22 de octubre de 2019, ante un pedido del Frente de Todos, la Cámara Electoral ordenó al Ejecutivo llamar a elecciones)
Muy importante: El padrón se cierra aproximadamente el 30 de abril de 2019. Significa que los cambios de domicilios posteriores NO se tienen en cuenta para establecer donde se vota.
Si su dirección en el padrón u otros datos deben ser corregidos (nombres, número de documento, etc) porque están mal, debe realizar el trámite antes de esa fecha. Los errores en el padrón se podrán corregir hasta el 24 de mayo de 2019. ¿Qué es un error? Es que se informó correctamente antes de la publicación del padrón provisorio y no se reflejó en el mismo.
Atención: Si se cambia el domicilio después del 30 de abril de 2019, se vota según la dirección anterior.
En el caso de menores de 18 años que cumplan 16 años al día de las elecciones nacionales, deben haber renovado el DNI antes del cierre del padrón para poder figurar en el padrón y votar tanto en las primarias como en las generales (se debe hacer el trámite al cumplir 14 años).
Y recomendable para todos los ciudadanos es verificar siempre el padrón provisorio que se publicará aproximadamente después del 1 el 10 de mayo de 2019.
El padrón definitivo se publicará el 12 de julio. Y el 22 de julio vence el plazo para subsanar errores u omisiones existentes en el padrón (sólo enmienda de erratas u omisiones).
¿Con qué documento se vota? Con el que figura en el padrón o uno más nuevo.
¿Más preguntas?: aquí
Cronograma Electoral: Aquí.
Última modificacion: 05-12-2019
Distrito | Diputados (suplentes) |
Senadores (suplentes) |
Representantes Parlasur (suplentes) |
---|---|---|---|
Nación | - | - | 19 (19) |
Buenos Aires | 35 (10) | - | 1 (2) |
C.A.B.A. | 12 (8) | 3 (2) | 1 (2) |
Catamarca | 2 (2) | - | 1 (2) |
Chaco | 3 (3) | 3 (2) | 1 (2) |
Chubut | 3 (3) | - | 1 (2) |
Córdoba | 9 (6) | - | 1 (2) |
Corrientes | 4 (3) | - | 1 (2) |
Entre Ríos | 5 (3) | 3 (2) | 1 (2) |
Formosa | 3 (3) | - | 1 (2) |
Jujuy | 3 (3) | - | 1 (2) |
La Pampa | 2 (2) | - | 1 (2) |
La Rioja | 3 (3) | - | 1 (2) |
Mendoza | 5 (3) | - | 1 (2) |
Misiones | 4 (3) | - | 1 (2) |
Neuquén | 2 (2) | 3 (2) | 1 (2) |
Río Negro | 3 (3) | 3 (2) | 1 (2) |
Salta | 3 (3) | 3 (2) | 1 (2) |
San Juan | 3 (3) | - | 1 (2) |
San Luis | 2 (2) | - | 1 (2) |
Santa Cruz | 2 (2) | - | 1 (2) |
Santa Fe | 10 (6) | - | 1 (2) |
Santiago del Estero | 4 (3) | 3 (2) | 1 (2) |
Tierra del Fuego | 3 (3) | 3 (2) | 1 (2) |
Tucumán | 5 (3) | - | 1 (2) |
Totales | 130 | 24 | 44 |
Modificaciones:
11-08-2018: Agregado texto sobre segunda vuelta presidencial.
22-10-2018: Confirmado fechas varias. Agregado el 25 de mayo como fecha última de corrección de errores en el padrón electoral.
10-11-2018: Agregado referencia constitucional sobre segunda vuelta; agregado a la tabla los Representantes Parlasur.
08-12-2018: Aclarado significado de “error” en relación al padrón.
06-03-2019: Puesto fecha cierta de publicación del padrón provisorio, padrón definitivo y fechas hasta las que es posible corregir.
09-03-2019: Agregado enlace a Cronograma Electoral.
05-12-2019: Agregado parrafo sobre elecciones de miembros del ParlaSur.
- [1] Código Electoral Nacional: art. 53:…La elección de cargos nacionales se realizará el cuarto domingo de octubre inmediatamente anterior a la finalización de los mandatos, sin perjuicio de las previsiones del artículo 148.…↩
- [2] Constitución Nacional:
Artículo 94: El presidente y el vicepresidente de la Nación serán elegidos directamente por el pueblo, en doble vuelta, según lo establece esta Constitución. A este fin el territorio nacional conformará un distrito único.
Artículo 95: La elección se efectuará dentro de los dos meses anteriores a la conclusión del mandato del presidente en ejercicio.
Artículo 96: La segunda vuelta electoral, si correspondiere, se realizará entre las dos fórmulas de candidatos más votadas, dentro de los treinta días de celebrada la anterior.
Artículo 97: Cuando la fórmula que resultare más votada en la primera vuelta, hubiere obtenido más del cuarenta y cinco por ciento de los votos afirmativos válidamente emitidos, sus integrantes serán proclamados como presidente y vicepresidente de la Nación.
Artículo 98: Cuando la fórmula que resultare más votada en la primera vuelta hubiere obtenido el cuarenta por ciento por lo menos de los votos afirmativos válidamente emitidos y, además, existiere una diferencia mayor de diez puntos porcentuales respecto del total de los votos afirmativos válidamente emitidos sobre la fórmula que le sigue en número de votos, sus integrantes serán proclamados como presidente y vicepresidente de la Nación.↩ - [3]Ley 26571 (Ley de Democratización…) art. 20:…Las elecciones previstas en el artículo anterior deben celebrarse el segundo domingo de agosto del año en que se celebren las elecciones generales previstas en el artículo 53 del Código Electoral Nacional.…↩
- [4]↩